Boletín nº 132 (12-07-2012)
V. Administración Local
Ayuntamiento de Bujalance
Nº. 4.583/2012
Anuncio de notificación
Intentada la notificación en el domicilio de la interesada que se indica, de la Resolución de Alcaldía número 21/2012, de fecha 19 de junio de 2011, dictada en expediente número 2/2011, sin que se haya podido practicar al titular de la misma, de conformidad con el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se notifica por medio de anuncios en el tablón de edictos del Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de la Provincia, la siguiente resolución:
Examinado el procedimiento tramitado para dar de baja de oficio del Padrón Municipal de Habitantes por inscripción indebida, a la siguiente vecina sobre la que existen circunstancias probadas suficientes para presumir que no reside en este municipio y en el domicilio en el que figura empadronada, durante la mayor parte del año:
Nombre y apellidos.- Doc. Identidad.- Domicilio.
Niculina Anghel; Y-2043283-T; San Antonio, 6-P01.
Atendido que en fecha 17 de mayo de 2012, se notificó a la interesada la incoación del expediente señalado, otorgándole un plazo de audiencia, durante el cual no ha efectuado alegación alguna.
Atendido que el Consejo de Empadronamiento ha emitido, en su reunión de fecha 12 de junio de 2012, informe favorable a la baja de oficio del Padrón Municipal de Habitantes por inscripción indebida, de la persona indicada en la parte expositiva.
En cumplimiento del artículo 72 del Real Decreto 1.690/1986, de 11 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales, y la Resolución conjunta de la Presidenta del Instituto Nacional de Estadística y del Director general de Cooperación Territorial, de 1 de abril de 1997, por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la gestión y revisión del padrón municipal, resuelvo:
1.º Que se dé de baja del Padrón Municipal de Habitantes, por inscripción indebida, a la persona indicada en la parte expositiva.
2.º Que se notifique en forma esta resolución a la interesada, con expresión de los recursos que contra la misma pueda formularse.
Contra dicho acto, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer potestativamente Recurso de Reposición ante la Alcaldía, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a su publicación, o bien directamente Recurso Contencioso-Administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo competente, en el plazo de dos meses contados igualmente desde el día siguiente a su publicación, sin perjuicio de que se ejercite, en su caso, cualquier otro recurso que se estime procedente.
Bujalance a 28 de junio de 2012.- El Alcalde, Fdo. Francisco Mestanza León.