Boletín nº 148 (03-08-2012)
VI. Administración de Justicia
Juzgado de lo Social
Número 4
Córdoba
Nº. 5.045/2012
El/La Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social Número 4 de Córdoba, hace saber:
Que en este Juzgado, se sigue la ejecución núm. 142/2012, sobre Social Ordinario, a instancia de Juan Carlos Muñoz Carmona contra Fogasa y Carnes Sandalio Vidal S.L., en la que con fecha se ha dictado Auto que sustancialmente dice lo siguiente:
Fallo:
Que estimando, en su petición subsidiaria, la demandada formulada por don Juan Carlos Muñoz Carmona contra Carnes Sandalio Vidal, S.L., debo de declarar y declaro que el despido notificado el 31/12/11, con efectos del mismo 30, es improcedente por lo que condeno a la empresa a estar y pasar por tal declaración y a que, dentro del plazo legalmente establecido -cinco días desde la notificación de la presente, sin esperar a su firmeza- opte entre la readmisión del trabajador de forma inmediata en su puesto de trabajo y la extinción del contrato con la consiguiente indemnización, que ascenderá a la cantidad de 11.886,00€ (once mil ochocientos ochenta y seis euros). Todo ello, teniendo en cuenta que de no ejercitar la opción antedicha en el término legal, se entenderá que opta por la primera alternativa, así como que, en cualquier caso, también habrán de abonársele los salarios de tramitación devengados desde el día 01/01/12 hasta la fecha de notificación de esta sentencia, salvo que concurriera causa de incompatibilidad con su percibo, a razón de 45,28 €/día (cuarenta y cinco con veintiocho céntimos).
Y para que sirva de notificación en forma a Carnes Sandalio Vidal S.L., cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente Edicto que se publicará en el Boletín Oficial de la provincia de Córdoba, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la ley expresamente disponga otra cosa.
En Córdoba a 11 de julio de 2012. El/La Secretario/a Judicial, firma ilegible.