Boletín nº 148 (03-08-2012)

VI. Administración de Justicia

Juzgado de lo Social Número 4
Córdoba

Nº. 5.054/2012

El/La Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social Número 4 de Córdoba, hace saber:

Que en este Juzgado, se sigue la ejecución núm. 217/2012, sobre Ejecución de títulos judiciales, a instancia de Carlos Navarro Aparicio contra Rafael Bejarano Gavilán, en la que con fecha de hoy se ha dictado Auto que sustancialmente dice lo siguiente:

Providencia del

Ilmo/a. Sr/a. Magistrado/a Juez Mª Rosario Flores Arias

En Córdoba, a dieciocho de julio de dos mil doce.

Dada cuenta, el anterior escrito presentado únase a los autos de su razón y visto el contenido del mismo, siendo firme la Sentencia recaída en los presentes autos en fecha 22/7/11; de conformidad con lo dispuesto en el artículo 280 de la Ley de Procedimiento Laboral, cítese de comparecencia a las partes, previniendo a las mismas que deberán concurrir con todos los medios de prueba de que intenten valerse y puedan practicarse en el acto, advirtiéndose a la parte actora que de no comparecer por sí o persona que la represente, se la tendrá por decaída de su petición y que de no hacerlo la demandada por sí o representante legal, se celebrará el acto sin su presencia.

Celebrar una vista para lo que se solicita día y hora al Sr/a Secretario Judicial Encargado/a de la Agenda Programada quien facilita el próximo día uno de octubre próximo a las nueve horas y treinta minutos.

Notifíquese la presente resolución a las partes y sirva como cedula de citación.

Modo de Impugnación: Mediante recurso de reposición a interponer ante este órgano judicial, en el plazo de los tres días hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción cometida en la resolución a juicio del recurrente, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida. Si el recurrente no tuviere la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de seguridad social deberá consignar la cantidad de 25 euros, en concepto de depósito para recurrir, en la Cuenta de Consignaciones de este Juzgado de lo Social Número 4 de Córdoba abierta en , cuenta nº debiendo indicar en el campo concepto, "Recurso" seguida del código "30 Social-Reposición". Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio, el "código 30 Social- Reposición". Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos.

El/La Magistrado/a Mª Rosario Flores Arias. Doy Fe. El/La Secretario Judicial.

Y para que sirva de notificación en forma a Rafael Bejarano Gavilán, cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente Edicto que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la ley expresamente disponga otra cosa.

En Córdoba a 18 de julio de 2012. El/La Secretario/a Judicial. Firma ilegible.

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