Boletín nº 149 (06-08-2012)
V. Administración Local
Ayuntamiento de La Victoria
Nº. 5.100/2012
De conformidad con lo establecido en el artículo 177.2, en relación con el artículo 169.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, se expone al público el expediente 1/012, sobre modificaciones de créditos en el Presupuesto del ejercicio 2012, cuyo resumen es el siguiente:
1º) Conceder suplementos de créditos en las aplicaciones presupuestarias que se detallan, cuyo resumen es el siguiente:
Aplicación |
Denominación |
Créditos Iniciales |
Créditos disponibles |
Suplemento Créditos |
9.216.00 |
Equipos procesos información |
500,00 |
-1.225,61 |
2.000,00 |
1.227.10 |
Estudios y trabajos tecnicos |
14.000 |
9563,20 |
3.500,00 |
9.143.00 |
Otro Personal |
47.471,87 |
4.511,32 |
7.000,00 |
Total Suplemento |
12.500,00 |
2º) Conceder Crédito Extraordinario:
Aplicación |
Denominación |
Crédito Extraordinario |
9.231.02 |
Asistencia Órganos Colegiados |
7.500,00 |
3º) Financiar las expresadas Modificaciones con cargo a la Baja de Créditos siguiente:
Aplicación |
Denominación |
Créditos Iniciales |
Créditos Diponibles |
Baja |
9.100.02 |
Asignaciones Órganos Gobierno |
63.500,00 |
20.000,00 |
20.000,00 |
Contra la modificación de créditos, podrá interponerse Recurso Contencioso Administrativo, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente a la publicación del presente Edicto en el Boletín Oficial de la Provincia.
La Victoria a 18 de julio de 2012.- La Alcaldesa Accidental, Fdo. Mª Josefa Pino Zafra.