Boletín nº 150 (07-08-2012)
V. Administración Local
Diputación de Córdoba
Nº. 5.299/2012
Habiéndose publicado en BOP núm. 122 de 28/06/2012 anuncio relativo a Modificación de artículos 22.1 de los Estatutos del Patronato Provincial de Turismo; transcurrido plazo de información pública a efectos de presentación de alegaciones sin que éstas se hayan producido, de conformidad con artículo 49 de Ley 7/1985, de 2 de abril, se entiende definitivamente adoptado el acuerdo plenario de 21 de junio de 2012 por el que se prestó aprobación inicial a la citada modificación.
En atención a lo dispuesto en artículo 70.2 de Ley 7/1985, se procede a la publicación del texto íntegro del artículo modificado:
"Sección 3ª del Vicepresidente"
"Art. 22. Designación y atribuciones
1.- El/la Vicepresidente/a será nombrado/a por el Presidente.
2.- Corresponde al Vicepresidente:
a) Sustituir al Presidente en la totalidad de sus funciones en casos de ausencia, vacante o enfermedad.
b) Ejercer las competencias que le sean delegadas por la Presidencia.
c) La duración máxima de su mandato coincidirá con la del Presidente/a que le nombre.
La designación y delegación de competencias en el Vicepresidente se deberán poner en conocimiento del Consejo Rector en la primera sesión que celebre."
Lo que se hace público para general conocimiento.
Córdoba 6 de agosto de 2012. Firmado electrónicamente por La Presidenta, Mª Luisa Ceballos Casas.