Boletín nº 153 (10-08-2012)

V. Administración Local

Ayuntamiento de Baena

Nº. 5.267/2012

Con esta misma fecha la Sra. Alcaldesa ha dictado el siguiente:

Decreto

A la vista del escrito presentado por Dª Dulcenombre Luque Buitrago de fecha 11 de mayo de 2012, se puso en conocimiento de esta Alcaldía el estado ruinoso en el que se encuentra la cubierta del inmueble situado en calle Santa Catalina nº 2.

Visto el informe emitido por los Servicios Técnicos Municipales de fecha 26 de julio de 2012, del cual se adjunta copia, en el se pone de manifiesto el estado de ruina puntual de la primera crujía de la cubierta del edificio situado en calle Santa Catalina nº 2 de esta localidad, recayente a vía pública, propiedad de D. José Luis Mora Castro según certificado catastral y número de referencia 2440119UG8624S0001UG, el cual según información recibida de los familiares se encuentra en paradero desconocido.

Esta Alcaldía en el ejercicio de la competencia que le atribuyen los artículos 21.1.s) y 124.4 ñ) de la Ley 7/ 1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local RESUELVE:

Primero: Iniciar el expediente de declaración de ruina puntual de la primera crujía de la cubierta del inmueble situado en c/ Santa Catalina nº 2 13 de esta localidad.

Segundo: Como medida cautelar se propone en el Informe Técnico referido de 26/07/12, que a la denunciante y moradores que habitan en c/ Puerta de Córdoba nº 29, se les prohíba el acceso a la planta primera del inmueble a C/ Santa Catalina, 2 debiendo quedar garantizado mediante colocación de cerradura, candados u otra solución, que garantice tal prohibición.

Tercero: Siendo desconocido el domicilio del propietario del inmueble nº 2 de la C/ Santa Catalina y de conformidad con lo dispuesto en el art. 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, procédase a la publicación de esta resolución en el tablón municipal de anuncios y en el Boletín Oficial de la Provincia, poniendo de manifiesto el expediente a los titulares de derechos reales sobre el inmueble para que en un plazo de 10 días, aleguen y presenten por escrito los documentos y justificaciones que estimen pertinentes en defensa de sus respectivos derechos.

Lo que se hace público en cumplimiento del art. 59 de la Ley 30/1992,

Baena, 27 de julio de 2012.- La Alcaldesa. Por Delegación Decreto Alcaldía 13/6/2011. El Primer Teniente Alcalde. Fdo. Jesús Rojas Aguilera.

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