Boletín nº 169 (04-09-2012)

VI. Administración de Justicia

Juzgado de lo Social Número 3
Córdoba

Nº. 5.613/2012

Doña Marina Meléndez-Valdés Muñoz, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social Número 3 de Córdoba, hace saber:

Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 222.2/2009 a instancia de la parte actora Dª. Francisca Funes Estepa contra María Cristina Montoya Cano, sobre Pieza Separada Jura de Cuentas se ha dictado Resolución de fecha 24-2-12 del tenor literal siguiente:

Diligencia de Ordenación Secretaria Judicial Dª. Marina Meléndez-Valdés Muñoz.- En Córdoba, a 24 de febrero de 2012.

Con el anterior escrito presentado por la letrada Dª. Francisca Funes Estepa fórmese pieza separada de jura de cuenta, y regístrese en el sistema informático.

En aplicación de lo dispuesto en el artículo 35 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, requiérase a María Cristina Moyano Cano, mediante la notificación de esta Diligencia de Ordenación, para que en el plazo de los diez días hábiles siguientes al de la notificación acredite ante este Juzgado el abono a Francisca Funes Estepa de la cantidad de 439,77 euros a que asciende la cuenta jurada, o bien para que en el mismo plazo efectúe alegaciones en torno a la procedencia de la reclamación o impugne los honorarios por excesivos, bajo apercibimiento de que si transcurriese el citado plazo sin que el requerido haya efectuado el pago, las alegaciones o la impugnación antes mencionadas, se procederá por la vía de apremio contra sus bienes sin más requerimiento, sin perjuicio del derecho del ejecutado a reclamar del Abogado cualquier agravio en el proceso declarativo correspondiente.

Modo de impugnación: Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.

Lo acuerdo y firmo. Doy fe.

Y para que sirva de notificación y requerimiento al demandado María Cristina Montoya Cano actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Córdoba, a 10 de julio de 2012.- La Secretaria Judicial, firma ilegible.

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