Boletín nº 174 (11-09-2012)

V. Administración Local

Ayuntamiento de Lucena

Nº. 5.628/2012

Anuncio de Convocatoria de Subvenciones para Actividades de Cooperación y Solidaridad con los Países en Vía de Desarrollo correspondiente al ejercicio 2012.

La Junta de Gobierno Local, en sesión de 26 de julio de 2012, acordó aprobar las Bases reguladoras específicas y efectuar la convocatoria de subvenciones a que se refiere el presente anuncio.

A los efectos previstos en el artículo 5 de la Ordenanza General Reguladora de las Bases de Concesión de Subvenciones por el Excmo. Ayuntamiento de Lucena, publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia nº 74, de 27 de abril del 2007, por el presente se anuncia la referida convocatoria que habrá de regirse por las Bases reguladoras aprobadas al efecto, de las que se inserta a continuación el siguiente extracto:

- Objeto y finalidad de la subvención: La cooperación internacional bilateral indirecta que se desarrolla a través de los agentes de cooperación internacional para el desarrollo: ONGDs, Agentes económicos y sociales, Organismos de Solidaridad, Entidades Públicas, Asociaciones, Municipalidades, etc., siempre que actúen sin carácter lucrativo en el ámbito de la cooperación al desarrollo.

- Requisitos para solicitar la subvención y porcentaje de financiación propia por parte de los beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias de las subvenciones las Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD), Organismos de Solidaridad, Entidades Públicas, Asociaciones o Municipalidades (entendiéndose por tales, administraciones públicas o entes totalmente dependientes de las mismas), con personalidad jurídica y capacidad legal para actuar de acuerdo con la normativa vigente en el ámbito de la cooperación internacional para el desarrollo, que puedan actuar por sí solos o en cooperación con ONGD de países donde se pretenda llevar a cabo las intervenciones, que tengan como fines institucionales expresos según sus propios estatutos, la realización de actividades relacionadas con la cooperación al desarrollo y el fomento de la solidaridad entre los pueblos cumplan, en su caso, los siguientes requisitos:

* Estar legalmente constituidos con anterioridad de, al menos, cinco años a la fecha de publicación de esta convocatoria. Si hubiera sufrido modificación en su forma jurídica se respetará la antigüedad siempre que esta circunstancia esté acreditada en los estatutos de la nueva entidad.

Las ONGDs, Organismos de Solidaridad y entidades públicas tendrán su domicilio social o delegación permanente en Lucena.

Figurar inscrito en el Registro de Organizaciones No Gubernamentales de la Agencia Española de Cooperación Internacional.

* Disponer de la estructura suficiente para el cumplimiento de los objetivos que se proponen en el proyecto a subvencionar.

* Carecer de ánimo de lucro.

* Encontrarse al corriente en sus obligaciones tributarias con el Ayuntamiento, Hacienda Pública y Seguridad Social.

* No incurrir en ninguna de las prohibiciones previstas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.

* Haber justificado satisfactoriamente subvenciones municipales anteriores.

- Oficinas municipales donde los interesados pueden obtener las bases de la convocatoria: Servicio de Información y Atención al Ciudadano, planta baja de la Casa Consistorial, sita en Plaza Nueva nº 1, de Lucena, o en la página web del Ayuntamiento (www.aytolucena.es).

- Lugar y plazo de presentación de las solicitudes: En el propio Servicio de Información y Atención al Ciudadano (SIAC) o por cualquiera de los otros medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de 30 días naturales contados a partir del siguiente a la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.

Lucena, 27 de agosto de 2012.- El Alcalde, Juan Pérez Guerrero.

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