Boletín nº 174 (11-09-2012)

V. Administración Local

Ayuntamiento de Montoro

Nº. 5.705/2012

En sesión del Pleno del Excmo. Ayuntamiento de Montoro, celebrada el día 28 de agosto de 2012, se procedió a la aprobación del siguiente acuerdo:

11 bis 2- INNOVACIÓN PORMENORIZADA DEL DOCUMENTO DE REVISIÓN DEL PLAN ESPECIAL DE PROTECCIÓN DEL CONJUNTO ARTÍSTICO Y CATÁLOGO DE MONTORO EN LO REFERIDO A SU ARTÍCULO 20.2 DE CATEGORÍAS DE USO RELACIÓN.- Visto documento técnico redactado por doña María Jesús de Torres Díaz, Arquitecta Municipal y doña Rosario Espejo Carmona, Ingeniero Técnico Municipal donde se reseña que, lo que se pretende con la presente Innovación del documento de revisión de las Normas Subsidiarias de Planeamiento y Plan Especial de Protección, Reforma Interior y Mejora Urbana y Catalogo del Conjunto Histórico Artístico de Montoro, es modificar el articulo 20.2 de sus ordenanzas relativos al Uso de Relación. En concreto se modifica el punto 2 del artículo 20.2, referente a las categorías establecidas para el Uso de Relación, con lo que se pretende adaptar la clasificación que en las Ordenanzas del PEPCH se hace del uso bar a la del Decreto 78/2002, por el que se aprueba el Nomenclator y Catalogo de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, la cual coincide con la de la Ley 7/2007, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental. Con este objetivo, se suprime la distinción entre bar con música y sin música al ser ambos establecimiento de hostelería y se encuadra la actividad de bar únicamente en la categoría 2ª del art. 20.2 del PEPCH. De este modo el uso bar pasa a encontrarse en una única categoría en cuanto la normativa urbanística municipal, siendo compatible en el ámbito PEPCH con independencia de que dispongan de aparatos de reproducción audiovisual o no, sin perjuicio de las exigencias que deban cumplir en cada caso de acuerdo a la normativa sectorial de aplicación.

Por unanimidad de los trece Sres. Concejales presentes, lo que representa la totalidad del número legal de miembros de este órgano, se decidió la inclusión en el Orden del Día el siguiente asunto, según establece el artículo 83 del Reglamento de Organización Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.

Sometido a votación, por unanimidad de los trece Sres. Concejales presentes, lo que representa la totalidad del número legal de miembros de este órgano se adoptó el siguiente

Acuerdo:

Primero: Aprobar inicialmente la Innovación Pormenorizada del Documento de Revisión del Plan Especial de Protección del Conjunto Artístico y Catálogo de Montoro en lo referido a su artículo 20.2 de Categorías de Uso Relación, en concreto se innova el punto 2 del artículo 20.2, relativo a las categorías del uso de relación, eliminando los bares con música (Pubs) de la categoría 1ª en la que se encuentran las actividades que son generadoras de niveles de ruido superiores tales como salas de fiestas o discotecas, para pasar a la categoría 2ª y desapareciendo las distinción del bar con música o sin música puesto que no debe afectar esta distinción al uso urbanístico.

Segundo: Someter este expediente a información pública por plazo de un mes mediante anuncio en el tablón de edictos del Ayuntamiento, en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba y en el Diario Córdoba.

Tercero: Solicitar informe a la Consejería de Cultura que deberá emitirlo en el plazo de un mes.

Cuarto: De acuerdo a lo establecido en el art. 31.1 de la LOUA, previo a la aprobación definitiva del documento, deberá ser informado por la Delegación Territorial de Córdoba de la Dirección General de Urbanismo de la Junta de Andalucía.

En Montoro, 29 de agosto de 2012.- El Alcalde, Fdo. Antonio Sánchez Villaverde.

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