Boletín nº 175 (12-09-2012)

VI. Administración de Justicia

Juzgado de lo Social Número 3
Córdoba

Nº. 5.776/2012

Doña Marina Meléndez-Valdés Muñoz, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social Número 3 de Córdoba, hace saber:

Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 78/2012 a instancia de la parte actora Activa Mutua 2008 contra Enrique González Barroso, INSS, TGSS y Empresa Roberto Mateos Zabaleta sobre Social Ordinario, se ha dictado Resolución del tenor literal siguiente:

Fallo

Que estimando la demanda formulada por la Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales Activa Mutua 2008, contra  la empresa Roberto Mateos Zabaleta, el Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Tesorería General de la Seguridad Social, debo condenar y condeno a la empresa demandada a que abone a la actora en concepto de reintegro de gastos de asistencia sanitaria y prestaciones la cantidad de veinte mil ochocientos treinta y ocho euros con treinta y un céntimos (20.838,31 €), declarando a su vez la responsabilidad subsidiaria del INSS en caso de insolvencia de la empresa condenada, debiendo de estar y pasar por la presente resolución.

Notifíquese esta Sentencia en legal forma a las partes, haciéndoles saber que contra la misma pueden interponer Recurso de Suplicación para ante la Sala de lo Social de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en el término de cinco días hábiles a partir del de la notificación y por conducto de este Juzgado; advirtiendo a la demandada que no gozara de exención legal que en caso de recurrir, deberá de consignar el importe de la condena en la cuenta que este Juzgado tiene abierta en la Entidad Banesto, (0030) con nº 1446 0000 65007812 y en la misma cuenta antes referida, la cantidad de 300 euros en concepto de depósito.

Así por ésta mi Sentencia, cuyo original se archivará en el Libro de Sentencias, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación a la demandada Empresa Roberto Mateos Zabaleta, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Córdoba, a 3 de septiembre de 2012.- La Secretaria Judicial, Fdo. Marina Meléndez-Valdés Muñoz.

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

  • El Boletín es un servicio público cuya edición y gestión corresponde a la Diputación, pero los textos se transcriben en la forma en que se hallen redactados y autorizados por el órgano remitente, sin que puedan variarse o modificarse salvo autorización previa de tal órgano.
  • La información contenida en las disposiciones y textos publicados es de carácter público y su publicidad es responsabilidad del firmante del documento.
  • No ofrece necesariamente información exhaustiva, completa, exacta o actualizada.

Buscar en boletines

Desde el año 2010

Categorías

Ir a un boletín

Calendario

Ir a un boletín

Boletines anteriores

www.dipucordoba.es Web de la Diputación de Córdoba

Sede

Créditos

Diputación de Córdoba

Eprinsa

Datos de contacto

Diputación de Córdoba. Plaza Colón 14071 Cordoba. Tfno:957 211 100 | Contactar

Intranet

Intranet

Tecnologías usadas

Xhtml1.0 válido

Accesibilidad