Boletín nº 178 (17-09-2012)
VI. Administración de Justicia
Juzgado de lo Social
Número 3
Córdoba
Nº. 5.775/2012
Dª Marina Meléndez-Valdés Muñoz, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número 3 de Córdoba, hace saber:
Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 110/2012 a instancia de la parte actora Dª Eva Bernardita Bazurco Cerdeño y Patricio Patiño Villalba contra Complejo El Cordobés S.L., se ha dictado Resolución de fecha 9-7-12, cuya parte dispositiva dice:
Parte Dispositiva
Se declara extinguida la relación laboral que unía al trabajador don Patricio Patiño Villalba y Eva Bernardita Bazurto Cerdeño con la empresa ejecutada a la fecha de la presente Resolución.
En sustitución de la obligación de readmisión incumplida, se condena a la empresa a que abonen las siguientes cantidades a cada uno de los trabajadores:
Indemnización: 11.145,60€
Salarios de tramitación:
- Hasta notificación de Sentencia: 6.026,88€.
- Desde el día siguiente a la
notificación de la Sentencia al presente:
2.146,56€.
Continúese la ejecución despachada por el
importe fijado, más 15% calculado provisionalmente para
intereses y costas.
Notifíquese la presente Resolución a las partes en legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra la misma cabe interponer recurso de Reposición ante este Juzgado, en el término de tres días hábiles, a partir del siguiente al de la notificación, sin perjuicio del cual, se llevará a efecto lo acordado. Se significa que, quien no tenga la condición de trabajador, beneficiario del Régimen Público de Seguridad Social, beneficio de asistencia jurídica gratuita o Entidad u Organismo exento conforme al artículo 1.19 de la Ley Orgánica 1/2009, en caso de recurrir, deberá de consignar en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado, en cualquier oficina del Grupo Banesto, (ccc 0030) la cantidad de 25 euros, expresando en el documento de ingreso la siguiente clave identificativa del procedimiento: 1446 0000 30 010912 e indicando como concepto del ingreso, "recurso de reposición", debiendo acreditar la constitución del depósito mediante presentación de copia del resguardo de ingreso.
Así se acuerda, manda y firma por don Antonio Jesús Rodríguez Castilla, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social nº 3 de Córdoba. Doy fe.
Y para que sirva de notificación al demandado Complejo El Cordobés S.L. actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en el tablón de anuncios de este Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Córdoba, a 3 de septiembre de 2012. El/La Secretario/a Judicial, firma ilegible.