Boletín nº 188 (01-10-2012)
VI. Administración de Justicia
Juzgado de lo Social
Número 1
Córdoba
Nº. 6.022/2012
Don Manuel Miguel García Suárez, Secretario Judicial del Juzgado de lo Social Número 1 de Córdoba, hace saber:
Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 48/2012 a instancia de la parte actora Dª. Inmaculada García López y D. Juan Manuel Rodríguez Dublino contra Elaborados Cárnicos Andaluces S.A., sobre Ejecución de títulos judiciales, se ha dictado resolución cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
Auto
En Cordoba, a 8 de marzo de 2012.
Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,
Parte dispositiva
S.Sª. Iltma. dijo: Procédase a la ejecución del auto por la suma para Inmaculada García López la suma total de 2.546,52 euros y al trabajador D. Juan Manuel Rodríguez Dublino la de 4.539,46 euros, en concepto de principal, más la de 1.417 euros calculados para intereses y gastos y habiendo sido declarada la ejecutada en insolvencia provisional dése audiencia a la parte actora y al Fondo de Garantía Salarial a fin de que en el plazo de quince días insten la práctica de la diligencia que a su derecho interese o designen bienes, derechos o acciones del deudor que puedan ser objeto de embargo.
Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio del derecho del ejecutado a oponerse a lo resuelto en la forma y plazo a que se refiere el fundamento cuarto de esta resolución, y sin perjuicio de su efectividad.
Así por este Auto, lo acuerdo mando y firma el Iltmo. Sr. D. Juan de Dios Camacho Ortega, Magistrado del Juzgado de lo Social Número 1 de Córdoba. El Magistrado.
Y para que sirva de notificación a la demandada Elaborados Cárnicos Andaluces S.A., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Córdoba, a 7 de septiembre de 2012.- El Secretario Judicial, firma ilegible.