Boletín nº 190 (03-10-2012)
VI. Administración de Justicia
Juzgado de lo Social
Número 2
Córdoba
Nº. 6.061/2012
Doña Victoria A. Alférez de la Rosa, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social Número 2 de Córdoba, hace saber:
Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 1475/2011 a instancia de la parte actora D. Javier Jiménez Marín y D. Jaime Alcaide Moyano contra Rucomatrans, S.L. sobre Social Ordinario, se ha dictado resolución de fecha 4/09/2012 del tenor literal siguiente:
"Estimando las demandas interpuestas por D. Javier Jiménez Marín y D. Jaime Alcaide Moyano contra la empresa Rucomatrans S.L., condeno a la demandada al pago de 1.646,44 € a D. Javier Jiménez Marín y 1.789,30 € a D. Jaime Alcaide Moyano, en concepto de principal, más el interés correspondiente conforme a lo declarado en el fundamento de Derecho tercero de esta resolución.
Incorpórese la presente sentencia al libro correspondiente, expídase testimonio para su unión a los autos, y hágase saber a las partes que contra ella no cabe Recurso de Suplicación por razón de la cuantía (artículo 191.2.g) de la Ley de la Jurisdicción Social).
Así por esta mi Sentencia, escrita y dictada en la ciudad de Córdoba en la fecha indicada en el encabezamiento, lo acuerdo, mando y firmo, juzgando la presente causa en primera instancia".
Y para que sirva de notificación a la demandada Rucomatrans, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Córdoba, a 11 de septiembre de 2012.- La Secretaria Judicial, firma ilegible.