Boletín nº 191 (04-10-2012)

V. Administración Local

Ayuntamiento de Montalbán

Nº. 6.094/2012

Plan de Saneamiento y Económico Financiero del Ayuntamiento de Montalbán de Córdoba

Introducción

La Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria Sostenibilidad Financiera y el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, R.D. Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, establecen una doble imposición:

a) La nivelación o equilibrio presupuestario anual y el cumplimiento del principio de estabilidad presupuestaria ( capacidad de financiación 9.

b) El saneamiento financiero de la Hacienda, es decir, la inexistencia de Remanente de Tesorería y de Ahorro Neto negativos.

El incumplimiento de este doble mandato lleva aparejado, en cada caso, la obligatoria adopción de medidas de saneamiento financiero concretadas en la aprobación de un Plan de Saneamiento Financiero ó de un Plan Económico Financiero y en su caso de los dos. Esta circunstancia actuará como:

- Condición vinculante para la formalización de operaciones de crédito a largo plazo cuando de los estados financieros se deduzca un Ahorro Neto negativo.

- Imperativo legal para dar solución a situaciones de desequilibrio económico- financieros, estrangulamiento presupuestario y agotamiento de liquidez; que en la mayoría de los supuestos imposibilitan el normal funcionamiento de los Servicios Municipales (Remanente de Tesorería negativo y Ratio de Estabilidad Presupuestaria negativo)

Normativa Reguladora

- Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, R.D. Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.

- La Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria Sostenibilidad Financiera.

Antecedentes

La Liquidación del presupuesto correspondiente al ejercicio 2011, fue aprobada mediante resolución dictada por la Presidencia con fecha 30 de abril de 2011.

Del resultado de los Informes emitidos por la Secretaría Intervención Municipal que se acompañan a la liquidación se desprenden dos situaciones:

1º.- Situación de desequilibrio presupuestario

De conformidad con lo establecido en el artículo 16 del Real Decreto 1.463/2007, de 2 de noviembre por el que se aprueba el reglamento de desarrollo de la Ley 18/2001de 12 de diciembre de Estabilidad Presupuestaria, en su aplicación a las Entidades Locales, en el citado informe se concluye que de los datos que arroja la Liquidación del Presupuesto correspondiente al ejercicio 2011, se pone de manifiesto una ratio de Estabilidad Presupuestaria del 8,87 % (-387.866,56) y se produce por tanto una necesidad de financiación, puesto que la suma de los ingresos no financieros, Capítulo I a VII del Presupuesto de Gastos es inferior a la suma de los gastos no financieros, Capítulos I a VII del Presupuesto de Gastos.

Ingresos no Fros. (CAP. I A VII): 4.372.192,81

Gastos no Fros. (CAP. I A VII): 4.760.059,37

Asímismo se indica que de conformidad con lo establecido en el artículo 22 Real Decreto Legislativo 2/2007, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de Estabilidad Presupuestaria para la corrección de la situación de incumplimiento del objetivo de la estabilidad el Ayuntamiento está obligado a la aprobación por el Pleno de la Corporación en el plazo de 3 meses desde la aprobación de la liquidación de un Plan Económico Financiero de Reequilibrio a un plazo máximo de tres años. En este plan se recogerán las actividades a realizar a y las medidas a adoptar en relación con la regulación, ejecución y gestión de los gastos y de los ingresos, que permitan el retorno a una situación de estabilidad presupuestaria ( téngase en cuenta que el informe es anterior a la aprobación de la Ley Orgánica 2/2012 de 27 de abril de Estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera).

No obstante lo anterior con fecha 30 de abril de 2012, se publica en el Boletín Oficial del Estado la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, que deroga expresamente la Ley Orgánica 57/2001, de 13 de diciembre, complementaria de la Ley General de Estabilidad Presupuestaria, así como el Texto Refundido de la Ley General de Estabilidad Presupuestaria aprobado por Real Decreto Legislativo 27/2007, de 28 de diciembre y cuantas disposiciones se opongan a lo establecido en esta Ley Orgánica que en el artículo 21.1 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de establece el plazo de un año para el cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria.

2º ) La ratio de ahorro neto es negativa del 2,91%.

El ahorro neto tal y como se indica en el Informe de la Secretaría Intervención Municipal se trata de una magnitud que pone de manifiesto la suficiente o insuficiente capacidad de la administración para financiar inversiones con recursos propios al margen de los posibles ingresos de capital.

En este caso, al ser negativo pone de manifiesto la insuficiente capacidad de la administración para financiar inversiones con recursos propios al margen de los posibles ingresos de capital, por lo que se informa que de conformidad con lo establecido en el artículo 53 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, la Alcaldía deberá proponer al Pleno de la Corporación la aprobación de un Plan de Saneamiento Financiero a realizar en un plazo no superior a 3 años con la finalidad de ajustar a cero el ahorro neto negativo puesto de manifiesto en la Liquidación de 2011.

Dicho lo que antecede y teniendo en cuenta lo establecido en la Guía para la tramitación y resolución de los expedientes de solicitud de autorización de endeudamiento competencia de la secretaría general de coordinación autonómica y local (Última actualización: 22/02/2012) del Ministerio de Hacienda y Administración Pública, en su apartado 7. TRECE: Los tres planes mencionados en los puntos DIEZ (Plan de Saneamiento), ONCE (Plan de retorno de la ratio del 110 por 100) y DOCE (Plan Económico Financiero), cuando concurran las circunstancias que determinan su exigencia, se integrarán en uno solo que satisfaga los requerimientos de cada uno de ellos; por parte del Ayuntamiento se va a llevar a cabo la elaborará de un solo Plan que satisfaga los requerimientos de cada uno de ellos (los del plan de saneamiento y los del plan económico financiero ), si bien en cuanto al plazo para conseguir los objetivos marcados de forma conjunta, se estará a lo establecido en el artículo 21.1 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, que establece el plazo de un año para el cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria y de ahorro neto.

Diagnostico de Situación Económico Financiera

Se pretende reflejar la situación de la Entidad y explicar las causas que han llevado a la situación de ahorro neto negativo y de desequilibrio. Para ello disponemos de la siguiente información:

- Liquidación de Gastos y de Ingresos, con las diferentes fases presupuestarias.

- Nivel de Ahorro.

- Estado de la deuda financiera.

- Estado de Remanente de Tesorería.

- Resultado Presupuestario.

-Cálculo de la Estabilidad Presupuestaria

Evolución de las principales magnitudes económico financieras.

En los últimos años los principales indicadores económicos y financieros presentan la siguiente evolución:

- Ingresos corrientes liquidados (capítulos I a V).

2008.-2009.-2010.-2011

2.699.310,58; 2.748.217,88; 3.567.159,50; 3.669.223,05

- Gastos de funcionamiento (personal, gastos corrientes y transferencias corrientes capítulos 1, 2 y 4).

2008.-2009.-2010.-2011

2.408.887,21; 2.445.514,06; 2.933.326,47; 3.840.652,93

- Ahorro bruto (Diferencia entre los ingresos corrientes liquidados y los gastos de funcionamiento).

2008.-2009.-2010.-2011

290.423,37; 302.703,91; 684.287,95; -171.429,88

- Ahorro neto (Ahorro bruto menos la carga financiera neta: capítulos III y IX).

2008.-2009.-2010.-2011

223.817,49; 56.674,68; 662.446,92; -106.647,91

- Volumen de deuda viva a 31 de diciembre.

2008.-2009.-2010.-2011

759.573,42; 572.055,99; 589.849,50; 538.147,77

- Índice de la deuda viva sobre los recursos ordinarios de la entidad liquidados en el ejercicio.

2008.-2009.-2010.-2011

28,14 %; 20,82%; 16,54%; 14,67%

- Resultado presupuestario del ejercicio

2008.-2009.-2010.-2011

413.843,08; 659.982,25; -277.544,16; -397.489,80

- Resultado presupuestario ajustado.

2008.-2009.-2010.-2011

253.181,89; 245.739,29; 292.664.73; 151.686,40

- Remanente de Tesorería.

2008.-2009.-2010.-2011

2.486.822,69; 3.146.742,24; 2.787.374,65; 2.261.862,43

- Remanente de Tesorería para gastos generales.

2008.-2009.-2010.-2011

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