Boletín nº 195 (10-10-2012)

VII. Otras Entidades

Gerencia Municipal de Urbanismo
Córdoba

Nº. 6.407/2012

Para dar cumplimiento al artículo 59.5 y teniendo en cuenta lo indicado en el art. 61, ambos de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, se emplaza a

D ª Isabel Expósito Garrido.

Expediente: Nº 92/07/2011 SP.

Localización: Parc. Fontanar de Quintos, Cmno. Pacifico, Parc. 22.

Actuación a notificar: Resolución Estimatoria de Recurso de Reposición.

Hechos: Construir casa de una planta de unos 100 m2 y piscina de 7 x 4, sin la preceptiva licencia municipal.

Para que comparezca, por sí o por representante acreditado, en la Oficina de Disciplina de Obras de la Gerencia Municipal de Urbanismo de Córdoba, y en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la presente publicación, pueda interponer Reclamación Económico-Administrativa, que se presentará ante el órgano que ha dictado el acto. La Resolución que se dicte, que agota la vía administrativa, será acordada por el Consejo Municipal para la Resolución de las Reclamaciones Administrativas en el plazo de seis meses, desde su interposición. Transcurrido dicho plazo sin notificación de resolución, se entenderá desestimada la reclamación por silencio administrativo. Frente a la Resolución de que recaiga, expresa o presunta, cabrá formular Recurso Contencioso-Administrativo ante los Juzgados de igual naturaleza de Córdoba, en el plazo de 2 ó 6 meses respectivamente, según que la resolución sea expresa o presunta.

Córdoba, 28 de septiembre de 2012.- El Gerente, Fdo. Juan Luis Martínez Sánchez

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