Boletín nº 207 (30-10-2012)
V. Administración Local
Ayuntamiento de Lucena
Nº. 6.627/2012
Instruido el correspondiente expediente administrativo iniciado para proceder a efectuar las bajas de oficio por inscripción indebida de Ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea, no Españoles y de otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, de otros Estados distintos a los anteriores con Tarjeta de Residencia de Régimen Comunitario o con Autorización de Residencia Permanente, que se hallan inscritos en el Padrón Municipal de Habitantes de este Municipio, al haberse comprobado que han efectuado su cambio de residencia a otra población y, previo dictamen favorable de la Sección Provincial del Consejo de Empadronamiento del Instituto Nacional de Estadística, esta Alcaldía ha dictado Resolución con fecha ocho de octubre actual, disponiendo se proceda a efectuar en el referido Padrón de Habitantes, las bajas por inclusión indebida de aquellas personas cuya relación fue publicada en el Boletín Oficial de la Provincia núm. 137, de fecha diecinueve de julio de 2012, anuncio núm. 4.803/2012, a excepción de D. Daniel Belega, que durante la tramitación del expediente ha generado otros movimientos padronales que motivan no ha lugar a que se produzcan su baja por esta causa.
Lucena, 9 de octubre de 2012. El Alcalde, Juan Pérez Guerrero.