Boletín nº 224 (23-11-2012)
V. Administración Local
Ayuntamiento de Puente Genil
Nº. 7.423/2012
En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario de fecha 24 de septiembre de 2012, sobre los expedientes de modificación de créditos números 4/2.012 y 5/2.012, del Presupuesto en vigor, en la modalidad de Suplemento de Crédito y Crédito Extraordinario, que se hacen públicos:
Expediente 4/2012, Suplemento de Crédito:
- Partidas presupuestarias, ya existentes en el Estado de Gastos del presupuesto municipal, a las que se suplementa crédito:
Partida Pª. |
Ctº. Definitº. actual |
Aumento |
Ctº. Definitº. final |
132.0.212.00 |
4.650,00 € |
4.487,95 € |
9.137,95 € |
132.0.221.99 |
1.000,00 € |
99,31 € |
1.099,31 € |
155.0.210.00 |
13.511,58 € |
36.548,38 € |
50.059,96 € |
165.0.213.00 |
59.393,49 € |
846,50 € |
60.239,99 € |
165.0.227.99 |
4.350,00 € |
327,10 € |
4.677,10 € |
241.7.226.99 |
50.000,00 € |
223,02 € |
50.223,02 € |
321.0.212.00 |
24.955,52 € |
1.646,08 € |
26.601,60 € |
321.0.221.03 |
19.784,27 € |
18.019,54 € |
37.803,81 € |
912.0.226.01 |
3.190,48 € |
1.850,20 € |
5.040,68 € |
920.0.220.00 |
6.504,05 € |
1.138,46 € |
7.642,51 € |
920.0.226.02 |
15.000,00 € |
21.793,20 € |
36.793,20 € |
920.0.226.99 |
2.000,00 € |
121,24 € |
2.121,24 € |
920.0.227.06 |
78.329,00 € |
1.545,74 € |
79.874,74 € |
920.2.212.00 |
16.181,79 € |
3.926,57 € |
20.108,36 € |
920.0.410.00 |
4.579.294,98 € |
4.143,00 € |
4.583.437,98 € |
155.0.619.01 |
1.768.538,86 € |
478,27 € |
1.769.017,13 € |
155.0.619.05 |
36.257,75 € |
468,36 € |
36.726,11 € |
432.0.609.05 |
275.562,45 € |
118,00 € |
275.680,45 € |
920.0.626.00 |
2.014,37 € |
19.582,91 € |
21.597,28 € |
Total suplem. Crédito: 117.363,83 euros.
- Medios o recursos que han de financiar la Modificación de Crédito:
Sendas operaciones de endeudamiento, de las previstas en el art. 10 del Real Decreto-Ley 4/2012, de 24 de febrero, suscritas por este Excmo. Ayuntamiento de Puente-Genil, en fechas de 18 de mayo y 26 de julio del corriente año 2012, por importes de tres millones setecientos sesenta y ocho mil quinientos sesenta y dos, con treinta y seis (3.768.562,36 €) euros, y veintitrés mil ciento cinco, con cuarenta y tres (23.105,43 €) euros, respectivamente, en el importe que corresponde.
Expediente 5/2.012, Crédito Extraordinario:
- Partidas del Estado de Gastos a las que se asigna crédito:
Partida Pª.- Crédito Extraordinario que se asigna.
155.0.611.02; 104.831,94 €.
432.0.619.00; 371,70 €.
Total Crédito Extraordinario: 105.203,64 euros.
- Medios o recursos que han de financiar la Modificación de Crédito:
Sendas operaciones de endeudamiento, de las previstas en el art. 10 del Real Decreto-Ley 4/2012, de 24 de febrero, suscritas por este Excmo. Ayuntamiento de Puente-Genil, en fechas de 18 de mayo y 26 de julio del corriente año 2012, por importes de tres millones setecientos sesenta y ocho mil quinientos sesenta y dos, con treinta y seis (3.768.562,36 €) euros, y veintitrés mil ciento cinco, con cuarenta y tres (23.105,43 €) euros, respectivamente, en el importe que corresponde.
Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 113 de la Ley 7/1.985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de los establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del Acto o Acuerdo impugnado.
Puente Genil, 7 de noviembre de 2012.- El Alcalde, Fdo. Esteban Morales Sánchez.