Boletín nº 231 (04-12-2012)

V. Administración Local

Ayuntamiento de Fuente Palmera

Nº. 7.607/2012

Don Juan Antonio Fernández Jiménez, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Fuente Palmera (Córdoba), hace saber:

Primero.- Que este Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria, celebrada en primera convocatoria el pasado día 7 de junio de 2012, adoptó entre otros el siguiente acuerdo por mayoría absoluta: Aprobar inicialmente la Modificación del artículo 5.3 de la Ordenanza Municipal reguladora de la Tasa por Expedición y Otorgamiento de Licencias Urbanísticas del Ayuntamiento de Fuente Palmera.

Segundo: Que habiendo sido publicada la aprobación inicial de la modificación del artículo 5.3 de la Ordenanza Municipal reguladora de la Tasa por Expedición y Otorgamiento de Licencias Urbanísticas del Ayuntamiento de Fuente Palmera en el Boletín Oficial de la Provincia núm. 188 de fecha 1 de octubre de 2012.

Tercero: Que transcurrido el plazo para presentar alegaciones, sin que exista ninguna reclamación al respecto, queda aprobada definitivamente la modificación del artículo 5.3 de la Ordenanza Municipal reguladora de la Tasa por Expedición y Otorgamiento de Licencias Urbanísticas del Ayuntamiento de Fuente Palmera , que literalmente quedaría redactado de la siguiente manera:

La resolución que disponga la concesión de la licencia dispondrá la obligación del interesado de constituir a favor del Ayuntamiento una fianza por importe del 0.5% del presupuesto de ejecución material, para garantizar la reparación de posibles daños y perjuicios al dominio público, devolviéndose una vez terminada la obra. Dicha fianza no será exigible en los casos de expedición de licencia por obra menor, y en aquellos supuestos en los que mediante informe emitido por los servicios técnicos municipales, se acredite que las obras objeto de licencia, no son susceptibles de provocar daños al dominio público.

Lo que se hace público para general conocimiento, en Fuente Palmera a 16 de noviembre de 2012.- El Alcalde, Fdo. Juan Antonio Fernández Jiménez.

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

  • El Boletín es un servicio público cuya edición y gestión corresponde a la Diputación, pero los textos se transcriben en la forma en que se hallen redactados y autorizados por el órgano remitente, sin que puedan variarse o modificarse salvo autorización previa de tal órgano.
  • La información contenida en las disposiciones y textos publicados es de carácter público y su publicidad es responsabilidad del firmante del documento.
  • No ofrece necesariamente información exhaustiva, completa, exacta o actualizada.

Buscar en boletines

Desde el año 2010

Categorías

Ir a un boletín

Calendario

Ir a un boletín

Boletines anteriores

www.dipucordoba.es Web de la Diputación de Córdoba

Sede

Créditos

Diputación de Córdoba

Eprinsa

Datos de contacto

Diputación de Córdoba. Plaza Colón 14071 Cordoba. Tfno:957 211 100 | Contactar

Intranet

Intranet

Tecnologías usadas

Xhtml1.0 válido

Accesibilidad