Boletín nº 232 (05-12-2012)
V. Administración Local
Ayuntamiento de Rute
Nº. 7.995/2012
El Pleno del Excmo. Ayuntamiento de Rute, en sesión ordinaria celebrada el día 10 de mayo de 2012, acordó derogar los artículos 1.3, 1.5, 23, 32.2, 41 a 71 (Título IV), 87.1.a), 100.2.d), 100.3.a), 100.3.b) y las disposiciones adicionales 2ª y 3ª de la Ordenanza Municipal de Limpieza del Excmo. Ayuntamiento de Rute y suprimir la tasa por el servicio de recogida de residuos sólidos urbanos por lo que se deroga la Ordenanza reguladora de dicho tributo.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, y 17.1 del Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales, dicho expediente se somete a información pública y audiencia de los interesados durante un plazo de treinta días, a contar desde la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, para la presentación de reclamaciones y sugerencias.
Si transcurrido el plazo de información pública no se hubiera presentado ninguna reclamación o sugerencia, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo hasta entonces provisional.
En Rute a 15 de noviembre 2012.- El Alcalde-Presidente, Fdo. Antonio Ruiz Cruz.