Boletín nº 233 (07-12-2012)

II. Administración General del Estado

Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
Confederación Hidrógráfica del Guadiana
Badajoz

Nº. 7.615/2012

Nota - Anuncio

Resolución de la Confederación Hidrográfica del Gu adiana sobre aprobación de Canon de Regulación y Tarifas de utilización del Agua para el año 2012 en la zona occidental de la cuenca hidrográfica del Guadiana.

Con fecha 14-11-12 el Sr. Presidente de este Organismo ha dictado la siguiente Resolución:

El proyecto de propuestas de Canon de Regulación y Tarifas de Utilización del Agua de los sistemas de la Zona Occidental de la cuenca para el año 2012, ha sido redactado por el Servicio de Explotación de la Dirección Técnica de acuerdo con lo previsto en los artículos 296 a 309 del Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, del Reglamento del Dominio Público Hidráulico (R.D.P.H.).

En fecha 29-08-12 fue examinado por la Junta de Explotación en sesión celebrada en Mérida.

Se ha cumplido el trámite de Información Pública con publicación en los Boletines Oficiales de las Provincias de: Badajoz de fecha 27-09-12, Cáceres de fecha 25-10-12, Ciudad Real de fecha 8-10-12, Toledo de fecha 4-10-12 y Córdoba de fecha 19-10-12, dando un plazo de quince días hábiles para alegaciones.

Durante el período de exposición pública se presentan alegaciones por la Comunidad de Regantes del Canal de Orellana (16-10-12), las cuales fueron debidamente informadas por el Director Adjunto Jefe de Explotación del Organismo y el Jefe del Servicio de Régimen Jurídico, proponiendo su desestimación.

Visto el Art. 114 del Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio que aprueba el Texto Refundido de la Ley de Aguas, y cumplimentados los trámites preceptuados por los artículos 296 a 309 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico, para el procedimiento de aprobación de Canon de Regulación y Tarifas de Utilización del Agua, esta Presidencia en uso de las atribuciones conferidas, acuerda:

Desestimar las alegaciones presentadas y declarar aprobado el Canon de Regulación y Tarifas de Utilización del Agua en la Zona Occidental de la cuenca para el año 2012, en los mismos términos de la información pública, citada en los antecedentes.

Las liquidaciones correspondientes a los usuarios, de acuerdo con el contenido de las tarifas aprobadas, se practicarán y pondrán al cobro de conformidad con lo previsto por el artículo 303 y 310 respectivamente del R.D.P.H. citado.

De conformidad con lo dispuesto en el art. 115 del R.D.L. 1/2001, de 20 de julio, Texto Refundido de la Ley de Aguas, art. 235 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, así como en el Real Decreto 520/2005, de 13 de mayo por el que se aprueba el Reglamento General de desarrollo de la Ley anterior, en materia de revisión en vía administrativa, contra la presente resolución podrá interponerse reclamación económico-administrativa ante el Tribunal Económico Administrativo Regional de Extremadura, dirigiendo el escrito de interposición a este mismo Organismo, en plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la notificación de la misma.

En el mismo plazo y ante este mismo Organismo, de conformidad con los artículos 222 y 223 de la citada Ley Tributaria, podrá interponerse, con carácter potestativo, Recurso de Reposición, en cuyo caso, no podrá promoverse Reclamación Económico-Administrativa hasta la resolución expresa o presunta, del mismo.

Lo que se comunica para general conocimiento.

Badajoz, 15 de noviembre de 2012.- El Secretario General, Fdo: Manuel Cobo Sánchez.

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