Boletín nº 234 (10-12-2012)

V. Administración Local

Entidad Local Autónoma de la Guijarrosa

Nº. 7.730/2012

Don Manuel Ruiz Alcántara, Presidente de la Entidad Local Autónoma de La Guijarrosa, hace saber:

Que por la Presidencia de esta E.L.A., con fecha 8/11/2012, se adoptó, entre otros, el acuerdo, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:

"De conformidad con los antecedentes de hecho y de derecho anteriores, he resuelto:

Primero.- Ratificar la aprobación del proyecto de Reparcelación Sector Suelo Urbanizable Residencial "El Angonal" de las Normas Subsidiarias de Santaella, presentado por Sánchez Romero Manuel, con D.N.I. 44604453R, en representación de la entidad promotora Cordobesa de Planificación Urbanística S.L., y redactado por el arquitecto Juan Antonio Ruiz Macias.

Segundo.- Incorporar al Patrimonio Público de Suelo y afectar a los usos previstos las cesiones de terrenos, conforme al artículo 102 de la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía, e inscribir en el Registro de Patrimonio Público de Suelo, y en la cuenta de PPS de los Presupuestos Generales de la E.L.A., las siguientes parcelas:

Parcelas

Superficie

Destino

PVP 2.01

107,77

PPS

PVP 2.02

107,77

PPS

PVP 2.03

107,77

PPS

PVP 2.04

107,77

PPS

PVP 2.05

107,77

PPS

PVP 2.06

107,77

PPS

PVP 2.07

107,77

PPS

PVP 2.08

107,77

PPS

PVP 2.09

142,24

PPS

PVP 6.01

93,75

PPS

Los instrumentos de planeamiento urbanístico que contengan la ordenación detallada localizarán en el área y sector los terrenos en los que se concreten las reservas a las que se refiere el artículo 10.1. A).b) de esta Ley, calificando el suelo necesario para dicha reserva con el uso pormenorizado de vivienda protegida. El cincuenta por ciento de las viviendas que se prevean en los suelos donde se localice el diez por ciento de cesión del aprovechamiento medio del área de reparto a favor del Ayuntamiento, habrán de destinarse a los grupos con menor índice de renta que se determinen en los correspondientes planes y programas de protección oficial u otros regimenes de protección pública (artículo 17.8 LOUA (nueva numeración Ley 2/2012, de 20 de enero)).

Asimismo, se monetariza a favor de la Entidad Local Autónoma de La Guijarrosa el importe de 8.057,25 €, en concepto de diferencia de aprovechamiento.

Monetarización a favor de la Entidad Local Autónoma (diferencia entre Derech. Uuaas y Adjudicac. Uuaas): 8.057,25 €.

Tercero.- Remitir ejemplar digital al Catastro Inmobiliario, en cumplimiento del art. 35 del Real Decreto 417/2006, por el que se desarrolla el Texto Refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, que establece que los Ayuntamientos estarán obligados a comunicar los actos de planeamiento y gestión urbanística.

Cuarto.- Declarar extinguidos los arrendamientos y cargas que resulten incompatibles según el contenido del Proyecto aprobado.

Quinto.- Publicar el acuerdo en el Boletín Oficial de la Provincia, según lo previsto en el Real Decreto 1.093/97, de 4 de julio, por el que se aprueban las Normas Complementarias sobre inscripción de actos de naturaleza urbanística, en el art. 101. 1.c) 5° de la LOUA, y en el art. 108 RGU, por remisión del art. III de dicho Reglamento, así como en el Tablón de Anuncios y en uno de los diarios de mayor circulación de la provincia.

Sexto.- Remitir certificado de este acuerdo, por triplicado, así como un ejemplar diligenciado del proyecto de reparcelación al Sr. Registrador de la Propiedad para que surta los efectos oportunos.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrán los interesados interponer Recurso Potestativo de Reposición, ante la Presidencia de la Entidad Local Autónoma de La Guijarrosa, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente acuerdo en el Boletín Oficial de la Provincia, o Recurso Contencioso-Administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses, a partir de la publicación del presente acuerdo en el Boletín Oficial de la Provincia".

Lo que se hace público, para general conocimiento.

En La Guijarrosa 19 de noviembre de 2012.- Firmado electrónicamente: El Presidente de la E.L.A., Manuel Ruiz Alcántara.

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