Boletín nº 235 (11-12-2012)

V. Administración Local

Entidad Local Autónoma de la Guijarrosa

Nº. 7.731/2012

Anuncio de la Convocatoria

Mediante Resolución de esta Presidencia de la E.L.A. de 21/11/2012, se ha acordado efectuar la convocatoria para la concesión de subvenciones en materia de asociaciones vecinales sin ánimo de lucro para el ejercicio 2012.

Las bases reguladoras de la concesión de estas subvenciones están contenidas en el Reglamento regulador para la concesión de subvenciones en materia de asociaciones sin ánimo de lucro, aprobado en fecha 23 de febrero de 2009, y publicada en el Boletín Oficial de la Provincia Nº. 97 de 26 de mayo de 2009.

La partida presupuestaria a la que se imputa la subvención es la siguiente 9.480.02, y la cuantía total máxima de las subvenciones convocadas es de 4.000 €.

La subvención tiene por finalidad cualquier actividad de índole cultural, recreativa, deportiva, juvenil, de enseñanza, sanitaria, ecológica, de servicios sociales o cualquier otra de naturaleza análoga, que complementen o suplan los servicios de competencia municipal regulados por los artículos 25 a 28 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local y demás legislación concordante, o sean de interés social.

Requisitos de los Solicitantes:

- Las Entidades y Asociaciones sin finalidad de lucro y legalmente constituidas, domiciliadas en el territorio vecinal de La Guijarrosa, que realicen actividades de interés municipal y se encuentren debidamente inscritas en el Registro Municipal de Entidades, cuando así esté previsto por norma reglamentaria.

- Las Entidades y Asociaciones sin ánimo de lucro que, no estando domiciliadas en el territorio vecinal de La Guijarrosa, realicen actividades de interés municipal o en beneficio del pueblo.

La solicitud de subvención se efectuará mediante proyecto anual de actividades individualizada, firmado por el peticionario o, en su caso de las personas jurídicas, por el Presidente de la entidad o por quien tenga conferida la delegación, de forma debidamente acreditada, e irá acompañada de la documentación siguiente:

Certificación del acuerdo por el que se faculta a pedir dicha Subvención.

Copia de estar inscrita en el registro municipal de Asociaciones.

Copia del N.I.F. de la asociación.

Certificación de la titularidad de la cuenta bancaria a la que transferir la subvención que se conceda.

Las instancias tendrán que expresar en la calidad con que actúa quien la suscribe. Es necesario consignar, también, las actividades para las que se solicita la subvención, el objeto que se pretende, el ámbito de difusión y el lugar donde se realizará, así como su coste la previsión de ingresos que pueda generar.

Las solicitudes de subvención se presentarán en el plazo de diez días, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el boletín oficial de la provincia. El modelo de solicitud está disponible en la dirección www.laguijarrosa.es

En La Guijarrosa, a 21 de noviembre de 2012.- Firmado electrónicamente: El Presidente de la ELA, Manuel Ruiz Alcántara.

Aviso jurídico

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