Boletín nº 237 (13-12-2012)

II. Administración General del Estado

Ministerio de Empleo y Seguridad Social
Dirección Provincial del Servicio Público de Empleo Estatal
Córdoba

Nº. 7.813/2012

REMISIÓN DE RESOLUCIÓN DE PERCEPCIÓN INDEBIDA DE PRESTACIONES POR DESEMPLEO DE ACUERDO CON LO DISPUESTO EN LA LEY 30/92.

Por esta Dirección Provincial se han dictado resoluciones en expedientes para el reintegro de prestaciones por desempleo, declarando la obligación de los interesados que se relacionan, de reintegrar las cantidades percibidas indebidamente por los motivos y períodos que igualmente se citan. Se ha intentado la notificación sin poderse practicar.

Lo que se notifica por medio de la presente, de conformidad con lo establecido en el artículo cincuenta y nueve de la Ley treinta de mil novecientos noventa y dos, de veitiséis de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, advirtiéndoles que de conformidad con lo establecido en el número 2 del artículo treinta y tres del Real Decreto seiscientos veintincinco de mil novecientos ochenta y cinco, dispone de 30 días para reintegrar dicha cantidad, que podrá efectuar en la cuenta núm.: 0049 5103 71 2516550943 de el Banco Santander Central Hispano (BSCH) a nombre del Servicio Público de Empleo Estatal. También podrá solicitar, el pago aplazado o fraccionado de la cantidad requerida, cuya concesión conllevará el correspondiente devengo del interés legal del dinero establecido anualmente en la Ley de Presupuestos Generales del Estado.

En el supuesto de que no realizase el reintegro y fuese en algún momento beneficiario de prestaciones, se procederá a realizar su compensación con la prestación, según se establece en el art. 34 del Real Decreto 625/85.

Si el reintegro, la compensación o la solicitud de fraccionamiento o aplazamiento se realizase con posterioridad a la finalización del plazo reglamentario de pago voluntario, la cantidad adeudada se incrementará, de acuerdo con lo establecido en el art. 27.2 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, con los siguientes recargos:

- Durante el primer mes posterior al período de pago reglamentario, el 3 %

- Durante el segundo mes posterior al período de pago reglamentario, el 5 %

- Durante el tercer mes posterior al período de pago reglamentario, el 10 %

- A partir del cuarto mes posterior al período de pago reglamentario, el 20 %

Transcurrido el plazo reglamentario de pago voluntario sin que se haya producido el reintegro ni se haya compensado la deuda, se emitirá la correspondiente certificación de descubierto por la que se iniciará la vía de apremio, según lo dispuesto en el art. 33.2 del Real Decreto 625/85.

Contra esta resolución, conforme a lo previsto en el artículo setenta y uno del Texto Refundido de la Ley de Procedimiento Laboral, aprobado por el Real Decreto-Legislativo dos de mil novecientos noventa y cinco, de siete de abril (Boletín Oficial del Estado nº 86, de 11 de abril), podrá interponer, ante esta Dirección Provincial, reclamación previa a la vía jurisdiccional social dentro del plazo de 30 días hábiles siguientes a la fecha de notificación de la presente resolución. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo sesenta y uno de la Ley treinta de mil novecientos noventa y dos, de veintiséis de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, los expedientes reseñados, estarán de manifiesto por el mencionado plazo de 30 días en la Dirección Provincial del Servicio Público de Empleo Estatal.

Córdoba, a 15 de noviembre de 2012.- La Directora Provincial, Fdo. María Isabel Serrano Prieto.

Relación de Resolución de Percepción Indebida de Prestaciones de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 30/92

B.O.P.

Interesado

D.N.I.

Expediente

Importe

Tipo

Recargo

Importe con Recargo

Período

Motivo

QUIROS MOLERO, JUAN JESUS

25724873

2012/2333

14,20

3%

5%

10%

20%

14,63

14,91

15,62

17,04

30/12/2011 30/12/2011

NO RENOVACION DE DEMANDA TRIMESTRAL

DUNA IONELA

6009844

2011/3168

269,80

3%

5%

10%

20%

277,89

283,29

296,78

323,76

30/11/2010 18/12/2010

INCUMPLIMIENTO DE COMPROMISO DE ACTIVIDAD

SANCHEZ ABRIL, JUAN JOSE

30448782

2012/4205

14,20

3%

5%

10%

20%

14,63

14,91

15,62

17,04

30/06/2012 30/06/2012

COLOCACION POR CUENTA AJENA

IJEDA VAZQUEZ, ROSA ISABEL

30575745

2012/2329

108,41

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