Boletín nº 239 (17-12-2012)

VI. Administración de Justicia

Juzgado de lo Social Número 3
Córdoba

Nº. 7.838/2012

Doña Marina Meléndez-Valdés Muñoz, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social Número 3 de Córdoba, hace saber:

Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 199/2012 a instancia de la parte actora Dª. Ana María Benítez Ruiz contra Fogasa y Iforline Consultores S.L. sobre reclamación de cantidad, se ha dictado en el día de la fecha resolución cuya parte dispositiva dice:

"a) Declarar a la ejecutada Iforline Consultores S.L., en situación de Insolvencia Total  por importe de 6.401,39 euros de principal más 384,08 euros calculados privisionalmente para intereses y 640,13 euros calculados provisionalmente para gastos y costas;  insolvencia que se entenderá, a todos los efectos, como provisional.

b) Archivar las actuaciones previa anotación en el Libro correspondiente, y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes del ejecutado.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de Impugnación: Contra la presente resolución cabe Recurso Directo de Revisión que deberá interponerse ante quien dicta la resolución en el plazo de tres días hábiles siguientes a la notificación de la misma con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente. El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir en el nº 0030 1846 42 000500 1274 concepto expediente 1446 0000 64 0199 12  debiendo indicar en el campo concepto, la indicación recurso seguida del código "31 Social- Revisión". Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación "recurso" seguida del "código 31 Social- Revisión". Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos".

Y para que sirva de notificación al demandado Iforline Consultores S.L. actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Córdoba, a 2 de octubre de 2012.- La Secretaria Judicial, Fdo. Marina Meléndez-Valdés Muñoz.

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