Boletín nº 241 (19-12-2012)

V. Administración Local

Ayuntamiento de Belmez

Nº. 7.920/2012

Aprobado definitivamente el Presupuesto General del Ayuntamiento para el 2012, y comprensivo aquel del Presupuesto General de este Ayuntamiento, Bases de Ejecución, plantilla de Personal funcionario y laboral, de conformidad con el artículo 169 del Texto Refundido de la Ley reguladora de Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo y el artículo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se publica el resumen del mismo por capítulos:

ESTRUCTURA PRESUPUESTARIA PRESUPUESTO DE INGRESOS

Capítulos

Descripción

Importe

Capitulo I

Impuestos Directos

683.964,18

Capitulo II

Impuestos Indirectos

42.500,00

Capitulo III

Tasas, Precio Públicos y Otros Ingresos

210.010,00

CapitulO IV

Transferencia Corrientes

1.137.437,71

Capitulo V

Ingresos Patrimoniales

4.500,00

Capitulo VI

Enajenación de Inversiones Reales

260.000,00

Capitulo VII

Transferencias de Capital

5.829.145,99

Total Capitulo de Ingresos

8.167.557,88

ESTRUCTURA PRESUPUESTARIA: ESTADO DE GASTOS

Capítulos

Descripción

Créditos Iniciales

Capítulo I

Gastos de Personal

1.249.652,39

Capítulo II

Gastos en Bienes Corrientes y Servicios

638.727,94

Capítulo III

Gastos Financieros

65.000

Capítulo IV

Transferencias Corrientes

59.031,56

Capítulo VI

Inversiones Reales

6.089.145,99

Capítulo IX

Pasivos Financieros

66.000

Total Capítulos de Gastos

8.167.557,88

Dicha aprobación podrá ser impugnada ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, con los requisitos, formalidades y causas señaladas en los artículos 170 y 171 del Texto Refundido de la Ley reguladora de Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y en la forma y plazos que establecen las normas de dicha Jurisdicción.

Belmez a 23 de noviembre de 2012.- La Alcaldesa, Fdo. Aurora Rubio Herrador.

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

  • El Boletín es un servicio público cuya edición y gestión corresponde a la Diputación, pero los textos se transcriben en la forma en que se hallen redactados y autorizados por el órgano remitente, sin que puedan variarse o modificarse salvo autorización previa de tal órgano.
  • La información contenida en las disposiciones y textos publicados es de carácter público y su publicidad es responsabilidad del firmante del documento.
  • No ofrece necesariamente información exhaustiva, completa, exacta o actualizada.

Buscar en boletines

Desde el año 2010

Categorías

Ir a un boletín

Calendario

Ir a un boletín

Boletines anteriores

www.dipucordoba.es Web de la Diputación de Córdoba

Sede

Créditos

Diputación de Córdoba

Eprinsa

Datos de contacto

Diputación de Córdoba. Plaza Colón 14071 Cordoba. Tfno:957 211 100 | Contactar

Intranet

Intranet

Tecnologías usadas

Xhtml1.0 válido

Accesibilidad