Boletín nº 243 (21-12-2012)
V. Administración Local
Ayuntamiento de Obejo
Nº. 8.076/2012
Don Luis Sánchez Marín, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Obejo, informa:
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario inicial de Modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora del Tipo Gravamen de Impuesto sobre Bienes Inmuebles, cuyo único artículo modificado se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local.
Modificar la Ordenanza Fiscal Municipal 1.1 reguladora del Tipo Impositivo a aplicar en el Impuesto de Bienes Inmuebles de Naturaleza Urbana, estableciendo como tipo impositivo a aplicar para el ejercicio 2013 el de un 0,6%.
Contra el presente Acuerdo, se interpondrá recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Sevilla, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la jurisdicción Contencioso Administrativa.
Lo que se hace público para general conocimiento.
En Obejo a 27 de noviembre de 2012.- El Alcalde, Fdo. Luis Sánchez Marín.