Boletín nº 243 (21-12-2012)
V. Administración Local
Ayuntamiento de Posadas
Nº. 8.124/2012
De conformidad con los artículos 59.6.a) y 60.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, por medio del presente se comunica que, en virtud del acuerdo adoptado por el Pleno de este Ayuntamiento el día 4 de diciembre de 2012, que a continuación se transcribe, en el procedimiento de revisión de oficio del acuerdo plenario de 26 de julio de 2012, de aprobación de la RPT de este Ayuntamiento:
1.- Inadmitir a trámite, conforme a los informes emitidos, las alegaciones presentadas por D. Luis Palacios Domínguez.
2.- Aprobar la siguiente propuesta de resolución: Declarar que concurre la causa de nulidad del artículo 62.1.e) de la Ley 30/92, de 26 de noviembre.
3.- Remitir copia del expediente al Consejo Consultivo de Andalucía, a los efectos de que emita informe preceptivo, de conformidad con lo establecido por el art. 102 de la Ley, suspendiendo en ese momento, de acuerdo con lo dispuesto en los arts. 42.5.c y 102.5 de la Ley, el plazo máximo legal para resolver el procedimiento de revisión de oficio por el tiempo que medie entre la petición y la recepción del informe del Consejo Consultivo de Andalucía, debiendo comunicarse tal circunstancia a los interesados y al Consejo.
Se ha procedido a la solicitud del correspondiente informe preceptivo del Consejo Consultivo de Andalucía, con carácter previo a la resolución de dicho procedimiento.
En Posadas (Córdoba), a 5 de diciembre de 2012.- El Alcalde, Fdo. Antonio Jesús Ortega Borja.