Boletín nº 244 (26-12-2012)

V. Administración Local

Ayuntamiento de La Victoria

Nº. 8.451/2012

No habiéndose formulado reclamación alguna durante la exposición pública del expediente de modificación de Ordenanza Municipal aprobado inicialmente en sesión de Pleno de fecha 27 de septiembre de 2012, queda definitivamente aprobado de acuerdo con lo establecido en el artículo 17.3 del TRLHL, contra el presente acuerdo los interesados legítimos podrán interponer el correspondiente Recurso Contencioso-Administrativo en la forma y plazos que establece la Ley reguladora de dicha Jurisdicción.

A) Ordenanza reguladora sobre Bienes Inmuebles de Naturaleza Urbana:

Art. 2.3.- El tipo de gravamen del Impuesto sobre Bienes Inmuebles será:

a) Tratándose de Bienes de Naturaleza Urbana.- 052%.

La Victoria a 19 de diciembre de 2012.- El Alcalde, Fdo. José Abad Pino.

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