Boletín nº 245 (27-12-2012)
VI. Administración de Justicia
Juzgado de lo Social
Número 2
Córdoba
Nº. 8.141/2012
Doña Victoria A. Alférez de la Rosa, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social Número 2 de Córdoba hace saber:
Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 994/2012 a instancia de la parte actora D. José Antonio Urbano Cano contra Transportes Democor, S.L. sobre Social Ordinario, se ha dictado resolución de fecha 30/11/12 del tenor literal siguiente:
"Que estimando la demanda formulada por D. José Antonio Urbano Cano, contra la entidad Transportes Democor S.L. y FOGASA, debo declarar y declaro extinguido el contrato de trabajo que vincula a las partes, con fecha de efectos de la presente resolución, condenando a la empresa demandada a que abone al actor una indemnización por importe de ocho mil setecientos cuarenta y cinco con noventa y cinco céntimos (8.745,95 €), asimismo se condena a la demandada a abonar a la actora la cantidad nueve mil cuatrocientos veintinueve euros con noventa y seis céntimos (9.429,96 €) interés del 10% de de demora incluido, correspondiente a la acción de reclamación salarial acumulada a la solicitada acción de extinción laboral.
Notifíquese esta resolución a las partes advirtiéndoles que la misma no es firme y que frente a ella pueden interponer Recurso de Suplicación para ante la Sala de lo Social de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, anunciándolo ante este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles a contar desde el siguiente a la notificación de la presente resolución mediante escrito, comparecencia o simple anuncio al practicarse ésta.
En cuanto a la condenada al pago, para hacer uso de este derecho deberá ingresar las cantidades a que el fallo se contrae en la cuenta de consignaciones y depósitos de este Juzgado (Banesto cta. nº1445-0000-65-0994-12, oficina principal de Córdoba) y en la cuenta de recursos de suplicación de este Juzgado en la misma entidad (cuenta nº 1445-0000-65-0994-12) un depósito de 300 euros.
Así por ésta mí Sentencia, cuyo original se archivará en el Libro de Sentencias, lo pronuncio, mando y firmo, juzgando la presente causa en primera instancia".
Y para que sirva de notificación a la demandada Transportes Democor, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Córdoba, a 4 de diciembre de 2012.- La Secretaria Judicial, firma ilegible.