Boletín nº 247 (29-12-2012)

V. Administración Local

Ayuntamiento de Doña Mencía

Nº. 8.586/2012

Doña Juana Baena Alcántara, Alcaldesa-Presidenta del Excelentísimo Ayuntamiento de Doña Mencía (Córdoba), hace saber:

Que no habiéndose formulado reclamación alguna durante el trámite de información pública del expediente de modificación de determinadas ordenanzas fiscales reguladoras de impuestos y tasas municipales para el ejercicio 2013, modificación aprobada inicialmente por acuerdo del Ayuntamiento Pleno adoptado en sesión ordinaria del día 29 de octubre de 2012, se entiende definitivamente adoptado el acuerdo conforme a lo regulado en el artículo 17.3 de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, pudiéndose interponer contra el referido acuerdo recurso contencioso-administrativo, a partir de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, en las formas y plazos que establecen las normas reguladoras de dicha jurisdicción.

A continuación se insertan íntegramente las modificaciones acordadas, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 17.4 de la Ley antes citada.

Tasa por el Otorgamiento de Licencias de Apertura de Establecimientos

Se modifica el artículo 6º, que queda redactado de la forma siguiente:

Artículo 6º. Bonificaciones.

A las tarifas resultantes de lo establecido en el artículo anterior se aplicará una bonificación del 50 % en los siguientes casos:

-Jóvenes menores de 35 años que soliciten por primera vez la apertura de un establecimiento o el inicio de la actividad.

-Mujeres que inicien por primera vez la actividad o apertura de un establecimiento.

-Personas discapacitadas con certificado de minusvalía expedido por organismo de la Junta de Andalucía.

-Desempleados de larga duración (seis meses).

Disposición Final

La presente modificación de la Ordenanza, aprobada por el Ayuntamiento Pleno en sesión ordinaria celebrada el día 29 de octubre de 2012, entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, y comenzará a aplicarse a partir del día 1 de enero de 2013, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresa.

Doña Mencía, 28 de diciembre de 2012. La Alcaldesa, firma ilegible.- El Secretario, firma ilegible.

Tasa por el Servicio de Mercado de Abastos

Se incluye un nuevo artículo, el quinto, con el siguiente contenido literal:

Artículo 5º. Bonificación.

Sobre la tarifa regulada en el artículo 3º, se establece una bonificación del 50 % durante dos años para las personas jóvenes menores de 35 años en situación de desempleo que inicien la actividad comercial.

Disposición Final

La presente modificación de la Ordenanza, aprobada por el Ayuntamiento Pleno en sesión ordinaria celebrada el día 29 de octubre de 2012, entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, y comenzará a aplicarse a partir del día 1 de enero de 2013, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresa.

Doña Mencía, 28 de diciembre de 2012. La Alcaldesa, firma ilegible.- El Secretario, firma ilegible.

Tasa por la Prestación de Servicios Deportivos y de la Piscina Municipal

Se modifica el artículo 4, que queda redactado de la forma siguiente:

Artículo 4. Cuota Tributaria.

La cuantía de la tasa vendrá determinada con arreglo a las tarifas que a continuación se señalan:

1. USOS DE INSTALACIONES DEPORTIVAS  

 

 

Concepto

Infantil

Adultos

Pista Pabellón s/luz 1h

5,00 €

10,00 €

Pista Pabellón c/luz 1h

10,00 €

15,00 €

Bono 5 usos pista pabellón s/luz 1h

20,00 €

40,00 €

Bono 5 usos pista pabellón c/luz 1h

40,00 €

60,00 €

Pista de tenis, pistas polideportivas s/luz

1,00 €

2,00 €

Pista de tenis, pistas polideportivas c/luz 1h

2,00 €

3,00 €

Bono 10 usos pista de tenis, pistas polideportivas s/luz 1h

5,00 €

10,00 €

Bono 10 usos pista de tenis, pistas polideportivas c/luz 1h

10,00 €

20,00 €

Campo de fútbol s/luz 1h

 

22,00 €

Campo de fútbol c/luz 1h

30,00 €

Bono 5 usos campo de fútbol s/luz 1 h

88,00 €

Bono 5 usos campo de fútbol c/luz 1 h

120,00 €

Campo de Fútbol-7 s/luz 1h

10,00 €

Campo de Fútbol-7 c/luz 1h

15,00 €

Bono 5 usos campo de fútbol-7 s/luz 1h

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