Boletín nº 2 (03-01-2013)
V. Administración Local
Ayuntamiento de Villanueva del Rey
Nº. 8.328/2012
En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo adoptado por el Pleno en sesión ordinaria celebrada el día 19 de noviembre de 2012, sobre el Expediente 4/2012 de modificación de créditos del Presupuesto en vigor en la modalidad de crédito extraordinario financiado con cargo a mayores ingresos efectivamente recaudados, que se hace público resumido por capítulos:
ESTADO DE GASTOS
Aplicación Presupuestaria |
Descripción |
Euros |
0 913.00 |
Amortizacion Prestamo fuera S.P. |
14.915,11 |
9 626.01 |
Instalacion Red Local Ayuntamiento |
155,55 |
9 626.02 |
Servidor IBM X Series 3650 M3 Doble |
7.544,56 |
1 640.00 |
Enganche suministro electrico Casa Consistorial |
2.740,78 |
4 682.01 |
Aport. Mpal. Planes Provinciales 2012-2015 |
34.644,00 |
Total Gastos |
60.000,00 |
ESTADO DE INGRESOS
Concepto |
Descripción |
Euros |
610.00 |
Enajenación inmueble sito en C/ Duque de Ahumada, 9 |
60.000,00 |
Total Ingresos |
60.000,00 |
Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 113 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, los interesados podrán interponer directamente Recurso Contencioso-Administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 43 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
En Villanueva del Rey a 17 de diciembre de 2012.- El Alcalde, Fdo. Pedro Barba Paz.