Boletín nº 2 (03-01-2013)

VI. Administración de Justicia

Juzgado de lo Social Número 2
Córdoba

Nº. 8.333/2012

Doña Victoria A. Alférez de la Rosa, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social Número 2 de Córdoba, hace saber:

Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 566/2012 a instancia de la parte actora D. Pedro Patiño Peña contra Transpival S.L. sobre Social Ordinario, se ha dictado Resolución de fecha 07/12/12 del tenor literal siguiente:

Fallo

Que debo estimar y estimando la demanda formulada por don Pedro Patiño Peña asistido y representado por la Letrada Dª Irene Lara Cañamero contra la empresa Transpival  S.L., que no compareció al acto de conciliación y juicio, habiendo sido citada en legal forma. debiendo y condeno a que abone a la actora la cantidad CUATRO MIL CINCUENTA Y SIETE  EUROS CON OCHENTA Y TRES CÉNTIMOS (4.057,83 €) incluido en la citada cantidad el interés de demora del 10%.

Notifíquese esta resolución a las partes advirtiéndoles que la misma no es firme y que frente a ella pueden interponer Recurso de Suplicación para ante la Sala de lo Social de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, anunciándolo ante este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles a contar desde el siguiente a la notificación de la presente resolución mediante escrito, comparecencia o simple anuncio al practicarse ésta.

En cuanto a la condenada al pago, para hacer uso de este derecho deberá ingresar las cantidades a que el fallo se contrae en la cuenta de consignaciones y depósitos de este Juzgado (Banesto cta. nº 1445-0000-65-1334-11, y en la cuenta de Recursos de Suplicación de este Juzgado en la misma entidad (cuenta nº 1445-0000-67-1334-11) un depósito de 300  euros.

Así por ésta mi Sentencia, cuyo original se archivará en el Libro de Sentencias, lo pronuncio, mando y firmo, juzgando la presente causa en primera instancia. E/.

Y para que sirva de notificación a la demandada Transpival S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Córdoba, a 10 de diciembre de 2012.- La Secretaria Judicial, firma ilegible.

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