Boletín nº 2 (03-01-2013)

V. Administración Local

Ayuntamiento de Benamejí

Nº. 8.581/2012 (Corrección de anuncio)

Advertido error en el anuncio número 8.581/2012, publicado en el Boletín Oficial de la Provincia núm. 247, de 27 de diciembre de 2012, procedemos a publicar íntegramente el anuncio de modificación presupuestaria número 11/2012 que se reproduce a continuación:

En cumplimiento de lo dispuesto del art. 169.1 por remisión del art. 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones o reclamaciones durante el plazo de exposición pública, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario de aprobación inicial adoptado en la sesión plenaria de 03 de diciembre de 2012, de modificación de presupuesto número 11/12 mediante la modalidad de concesión de créditos extraordinarios y cuyo resumen es el siguiente:

A) NUEVAS PARTIDAS PRESUPUESTARIAS A LAS QUE SE ASIGNA CRÉDITO:

CLAS.

FUN.

CLAS.

ECON.

Denominación de las Clasificaciones

Importe

321

623.04

Aire Acondicionado Nuevo Colegio

5.749,92

321

622.02

Variante Eléctrica Nuevo Colegio

3.579,72

920

625.08

Mobiliario Salón de Plenos

1.180,00

155

609.05

Jardineras C/ Eras

2.392,47

333

625.08

Mobiliario C.I. La Duquesa de Benameji

2.993,54

TOTAL

15.895,65

B) MEDIOS O RECURSOS QUE LAS FINANCIAN: Baja por anulación de los siguientes créditos:

CLAS.

FUN.

CLAS.

ECON.

Denominación de las Clasificaciones

Importe

161.

625.00

Saneamiento, Abastecimiento y Distribución de Agua

105,00

171

609.07

Parques Y Jardines-Mejora Plaza Pablo Iglesias

3.088,76

231

622.01

Unidad Diferenciada de Alzheimer

3.648,10

312

622.02

Hospitales, Servicios Asistenciales y Centros de Salud &

78,23

338

622.14

Fiestas Populares y Festejos-Reforma-Reforma Caseta

275,75

920

623.03

Administración General-Fotocopiadora

495,62

241

609.05

Fomento del Empleo Agrario

8.204,19

TOTAL

15.895,65

Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el art. 113 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, los interesados podrán interponer directamente Recurso Contencioso-Administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 43 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha Jurisdicción.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el art. 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no suspenderá por si sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.

Benamejí, a 2 de enero de 2013. El Alcalde, Fdo. José Ropero Pedrosa.

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