Boletín nº 4 (08-01-2013)
VI. Administración de Justicia
Juzgado de lo Social
Número 3
Córdoba
Nº. 8.396/2012
La Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social Número 3 de Córdoba, doña Marina Meléndez-Valdés Muñoz, hace saber:
Que en este Juzgado, se sigue el procedimiento núm. 225/2012, sobre Reclamación de Cantidad, a instancia de Acisclo Rafael de la Torre Chacón contra Hotel Villa de Trassierra S.A.L., en la que con fecha 3 de septiembre de 2012 se ha dictado Sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
Que estimando la demanda formulada por don Acisclo Rafael de la Torre Chacón, contra la empresa Hotel Villa de Trassierra S.A.L., debo condenar y condeno a la empresa demandada a que abone al actor la suma de mil setecientos noventa y tres euros con ochenta y ocho céntimos (1.793,88 €) en concepto de principal, más 179,39 € en concepto de interés de demora, y las costas en los términos indicados en el FD 4º de esta resolución.
Y para que sirva de notificación en forma a Hotel Villa de Trassierra S.A.L., cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente Edicto que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la ley expresamente disponga otra cosa.
En Córdoba, a 3 de diciembre de 2012.- La Secretaria Judicial, Fdo. Marina Menéndez-Valdés Muñoz.