Boletín nº 10 (16-01-2013)
VI. Administración de Justicia
Juzgado de lo Social
Número 2
Córdoba
Nº. 194/2013
Doña Victoria A. Alférez de la Rosa, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social Número 2 de Córdoba, hace saber:
Que en los Autos seguidos en este Juzgado bajo el número 1360/2012, a instancia de la parte actora doña María del Pilar Serrano Cepedello y Ana Belén Sánchez Peñas contra Sesa Star España ETT S.A.U., Red Bull España S.L., Red Bull Servicios de Marketing S.L. y Unique Internim ETT S.A.U., sobre Despidos/Ceses en general, se ha dictado Resolución del tenor literal siguiente:
Parte dispositiva
Acumúlense a los presentes Autos núm. 1360/2012 los seguidos ante el Juzgado de lo Social Número Cuatro, bajo el núm. de Autos 1484/12 que se verán en un solo acto de conciliación y juicio.
Y visto el resultado de la anterior diligencia negativa de citación realizada por el empleado de correos, cítese a la empresa demandada Sesa Star España ETT S.A.U., para los actos de conciliación o juicio, señalados para el día 4 de febrero de 2013, a las 1220 horas de su mañana, personalmente por medio del funcionario de auxilio judicial del Juzgado y en prevención de que dicha citación también sea negativa y ante la proximidad del señalamiento también por medio de edictos a publicar en el B.O.P., ante la posibilidad de que se encuentre en paradero ignorado.
Notifíquese el presente Auto a las partes, haciéndoles saber que contra el mismo cabe Recurso de Reposición ante este Juzgado de lo Social, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso.
Y para que sirva de notificación a la demandada Sesa Star España ETT S.A.U., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en Estrados, salvo las que deban revestir la forma de Auto, Sentencia o se trate de emplazamientos.
En Córdoba, a 9 de enero de 2013.- La Secretaria Judicial, firma ilegible.