Boletín nº 13 (21-01-2013)

V. Administración Local

Ayuntamiento de Priego de Córdoba

Nº. 57/2013

Por la Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento de Priego de Córdoba en sesión celebrada con fecha 5 de diciembre de 2012 se adoptó acuerdo, que fue modificado por la misma en sesión celebrada con fecha 21 de diciembre de 2012, quedando con el siguiente tenor literal:

NÚM. 7.- EXP. 1408/2011: CONVOCATORIA DE OPOSICIÓN LIBRE PARA CUBRIR CUATRO PLAZAS DE POLICÍA LOCAL DEL AYUNTAMIENTO DE PRIEGO DE CÓRDOBA.

Visto que la Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el día 16 de noviembre de 2012, adoptó el siguiente acuerdo:

Núm. 2.- Expediente 17605/2012: Correspondencia, Comunicaciones y Protocolo.

Se da cuenta de la correspondencia recibida desde la anterior sesión mereciendo especial atención los siguientes asuntos:

I) Escrito remitido por los Servicios Jurídicos de la Excma. Diputación, dando traslado de la Sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Córdoba, en el procedimiento núm. 447/2011, seguido a instancia de la Junta de Andalucía, impugnando el acuerdo de la Junta de Gobierno de fecha 11 de abril de 2011 que modificaba las bases de la convocatoria para proveer plazas de la policía local, mediante la que se desestiman las pretensiones de la demanda confirmando el contenido del acuerdo impugnado.

La Junta queda enterada, acordándose por unanimidad de los presentes expresada en votación ordinaria:

Primero.- Quedar enterado de la sentencia acatando el contenido de la misma que confirma las actuaciones municipales.

Segundo.- Dése traslado del presente acuerdo a Secretaría General, Departamento de Personal, mediante el envío telemático del expediente a su correspondiente bandeja electrónica, previa incorporación del certificado del acuerdo, para la incorporación de la referida Sentencia a sus expedientes de origen.

Visto que el Pleno, en sesión celebrada el día 30 de marzo de 2012, acordó aprobar al plan de ajuste propuesto por Intervención de Fondos Municipal, redactado en cumplimiento de lo establecido en los Reales Decretos leyes 4 y 7/2012.

Visto que en el mencionado Plan de Ajuste se recoge como medida de reducción de costes de personal dejar de consignar por no esperarse su cobertura ni ahora ni en breve espacio de tiempo 4 plazas de policía local.

Visto lo anteriormente expuesto, la Junta de Gobierno Local acuerda por unanimidad:

Primero: Terminar el procedimiento derivado de la imposibilidad material de continuarlo por causas sobrevenidas económicas, no previéndose consignación presupuestaria.

Segundo: Comunicarlo a todos los interesados mediante la inserción de anuncio en la página web y en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento.

Tercero: La solicitud de devolución de la tasa abonada por importe de 27,80 euros en concepto de Derechos de participación en esta prueba selectiva convocada por este Ayuntamiento de Priego de Córdoba se efectuará única y exclusivamente mediante la solicitud del interesado a través de la Oficina Virtual del Ayuntamiento de Priego de Córdoba, (http://priegodecordoba.es) mediante el procedimiento Solicitud de Devolución de Tasas de la Convocatoria para cubrir cuatro plazas de Policía Local, acompañando documento de designación de cuenta bancaria para el pago por transferencia que estará activo en la citada web a partir del próximo día 15 de enero de 2013, publicándose anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba.

Lo que se hace público para conocimiento de quienes consten como interesados en el expediente de su razón, en virtud de los artículos 59.6.b) y 60 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, indicándose que cualquier otra publicación se efectuará en el tablón de anuncios de esta Corporación, advirtiéndole que frente a la citada resolución, que tiene carácter definitivo en vía administrativa, puede interponer los siguientes recursos:

1.- El potestativo de reposición, ante el órgano que ha dictado el acto, en el plazo de un mes, a contar del día siguiente al de esta notificación, que se entenderá desestimado si transcurre un mes desde la interposición sin notificarse su resolución, en cuyo supuesto el plazo para interponer el recurso contencioso administrativo a que se refiere el número 2 siguiente, será de seis meses a partir del día siguiente a aquél en que se produzca el acto presunto.

2.- Contencioso administrativo, en el plazo de dos meses a contar del día siguiente al de la notificación del presente que deberá interponerse:

A) Ante la Sala correspondiente en Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en los supuestos contemplados en el artículo 10 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.

B) Ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de la provincia, con sede en Córdoba, en los supuestos contemplados en el artículo 8 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.

3.- El extraordinario de revisión en los supuestos contemplados en el artículo 118.1 de la Ley de Procedimiento Administrativo Común de 26 de noviembre de 1992, en los plazos señalados en el apartado 2 del mismo artículo.

4.- Cualquier otro que estime procedente en derecho.

Priego de Córdoba, 21 de diciembre de 2012.- Firmado electrónicamente: La Secretaria General, Ana Isabel Rodríguez Sánchez.

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