Boletín nº 14 (22-01-2013)

V. Administración Local

Ayuntamiento de Palma del Río

Nº. 7.364/2012

El Ayuntamiento-Pleno, en sesión ordinaria celebrada el día 25 de octubre de 2012, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

UNDÉCIMO.- APROBACIÓN DEL PROYECTO DE ACTUACIÓN PARA DESARROLLAR LA ACTIVIDAD DE DESCONTAMINACIÓN Y DESMONTAJE DE VEHÍCULOS AL FINAL DE SU VIDA ÚTIL Y COMPRA-VENTA DE ÚTILES Y ELEMENTOS USADOS DE ACERO PARA RECICLAR, PROMOVIDO POR CENTRO DE DESCONTAMINACIÓN DE VEHÍCULOS QUILES, S.C.

Visto el dictamen favorable de la Comisión Informativa de la Ciudad de 18 de octubre del 2012, los reunidos, por mayoría, con los votos a favor de PSOE (9), PP (6), IU-LV-CA (2) y las abstenciones de PA (4), que supone la mayoría exigida legalmente, acuerdan:

Primero.- Aprobar el Proyecto de Actuación para Desarrollar la Actividad de Descontaminación y Desmontaje de Vehículos al final de su vida útil y Compra-venta de útiles y elementos usados de acero para reciclar de fecha noviembre de 2010, promovido por la Centro Descontaminación de Vehículos Quiles, S.C, cuyos datos y condicionamientos son los siguientes:

- Referencia Catastral 14049A032000640000IM: Parcela 64 del Polígono 32, que tiene una superficie de 12.151 m2, de los cuales la actividad ocupa 8.686 m2 y configuran las Fincas Registrales Nº 8.448 que tiene una superficie total de 2.500 m2 y la Finca Registral Nº19.057 que tiene una superficie total de 9.742 m2; Y Referencia Catastral 14049A032000790000IH: Parcela 79 del Polígono 32 que tiene una superficie de 46.684 m2 , de los cuales la actividad ocupa 6.824 m2 y configura la Finca Registral Nº 18723 que tiene una superficie total de 46.684 m2.

- La Finca Registral Nº 8448, es propiedad de D. Miguel Evaristo Quiles Barrera y Dª. Verónica Quiles Barrera; la Finca Registral Nº 19057 es propiedad de D. Miguel Evaristo Quiles Barrera y la Finca Registral nº 18723 es de propiedad de D. Miguel Evaristo Quiles Barrera y Dª. Verónica Quiles Barrera.

- La clasificación del Suelo según el Plano 2 del PGOU es Sistema General de Infraestructuras Básicas (Punto Limpio y Centro Autorizado de Recepción y Descontaminación). El presente Proyecto no incluye el Punto Limpio, que es de propiedad municipal. El citado Sistema general se encuadra en la zona clasificada según el PGOU como Suelo No Urbanizable de carácter Natural o Rural Lomas de Campiña.

- Condicionamientos relativos a la Aprobación del Proyecto:

1.- Se vincula la superficie total de la parcela a la actividad prevista, conforme al art. 67.d) de la LOUA, así como a la obtención de cuantas autorizaciones e informes sean exigibles a tenor de la legislación sectorial aplicable, en especial las reguladas en la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental.

2.- Se ha de dar cumplimiento a las obligaciones asumidas por el promotor de la actividad constituida según el art. 42.5.D) de la LOUA por:

- Las correspondientes a los deberes legales derivados del régimen del Suelo No Urbanizable, de carácter Natural o Rural Lomas de Campiña.

- Al pago de la prestación compensatoria resultantes de la aplicación del 10% sobre los costes de la inversión a realizar según el Proyecto, excluida la correspondiente a maquinaria y equipos y que se devengará al otorgamiento de la licencia preceptiva, y se destinará al Patrimonio Municipal del Suelo, de conformidad con lo establecido en el art. 52.5 de la LOUA.

- El propietario deberá asegurar la prestación de la garantía por cuantía mínima del diez por ciento del importe para cubrir los gastos que pudieran derivarse de incumplimientos e infracciones, así como los resultantes, en su caso, de las labores de restitución de los terrenos, de conformidad con el art. 52.5 de la LOUA, y que se fijará en la Licencia de Obras.

- Solicitar la licencia de Obras en el plazo máximo de un año a contar desde la adopción del presente Acuerdo.

Segundo.- Remitir certificación del presente acuerdo a la Delegación Provincial de Córdoba de la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente, de la Junta de Andalucía a los efectos que procedan.

Tercero.- Notificar el presente acuerdo a los interesados y publicar en el Boletín Oficial de la Provincia de conformidad con lo preceptuado en el artículo 43.1.f) de la LOUA.

Lo que se hace público de conformidad con lo dispuesto en el artículo 43.1.f) de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía.

Palma del Río a 31 de octubre de 2012.- El Concejal Delegado de Urbanismo y Vivienda, Fdo. José Gamero Ruiz.

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