Boletín nº 18 (28-01-2013)
V. Administración Local
Ayuntamiento de Palma del Río
Nº. 309/2013
El Sr. Alcalde-Presidente de este Iltre. Ayuntamiento, ha dictado, en el día de la fecha, la siguiente Resolución:
DECRETO 10/2013, DE 3 DE ENERO.- DE RECTIFICACIÓN DEL DECRETO 2363/2012, POR EL QUE SE APRUEBA EL EXPEDIENTE BI-33/2012, RELATIVO A LA CONCESIÓN DEL USO PRIVATIVO DE LA VÍA PÚBLICA, PARA LA INSTALACIÓN DE DOS PANTALLAS DE PUBLICIDAD DINÁMICA EN PALMA DEL RÍO (CÓRDOBA).
Visto el Decreto 2.363/2012, de 10 de diciembre, por el que se aprueba el Expediente y el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares que habrá de regir en la concesión del uso privativo de la vía pública, para la instalación de dos pantallas de publicidad dinámica en Palma del Río (Córdoba).
Visto que en la cláusula vigésimo tercera del citado pliego, relativa a los derechos y obligaciones del concesionario, por error, se establece que: El concesionario estará obligado a instalar las pantallas publicitarias, dentro del plazo de tres meses desde la formalización de la concesión en documento administrativo.
Visto que el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común establece que las Administraciones Públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.
En tales circunstancias, y en uso de las facultades que me están conferidas, en virtud de la delegación de la Alcaldía efectuada por Resolución 1827/2011, de 8 de julio,
He resuelto:
Primero.- Rectificar el Decreto 2363/2012, de 10 de diciembre, por el que se aprueba el expediente BI-33/2012, relativo a la concesión del uso privativo de la vía pública para la instalación de dos pantallas publicitarias de leds dinámicas, así como el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares que habrá de regir en dicho procedimiento, modificando la cláusula vigésimo tercera del citado pliego, en el siguiente sentido:
Donde dice:
- El concesionario estará obligado a instalar las pantallas publicitarias, dentro del plazo de tres meses desde la formalización de la concesión en documento administrativo.
Debe decir:
- El concesionario estará obligado a instalar al menos una de las dos pantallas en el plazo de un año desde la formalización de la concesión en documento administrativo.
Segundo.- Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de la Provincia, pudiendo presentar proposiciones los interesados en el plazo de veintiséis días naturales a contar desde el siguiente al día en que aparezca publicado el anuncio de la presente resolución en el Boletín.
Palma del Río, a 3 de enero de 2013.- El Tercer Teniente de Alcalde, p.d. del Sr. Alcalde-Presidente, Fdo. Andrés Rey Vera.