Boletín nº 25 (06-02-2013)

V. Administración Local

Ayuntamiento de Lucena

Nº. 566/2013

El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 25 de septiembre de 2012, aprobó inicialmente la modificación de la Ordenanza Municipal del Servicio Público de automóviles de alquiler o autoturismos. No habiéndose presentado reclamación o sugerencia alguna dentro del plazo de información pública y audiencia a los interesados, se entiende definitivamente aprobado dicho acuerdo conforme a lo dispuesto en el art. 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, publicándose el mismo en cumplimiento a lo dispuesto en el art. 70.2 de la misma Ley.

Como consecuencia, el primer párrafo de dicha Ordenanza, queda con la siguiente redacción:

Se establecen dos paradas, una en Lucena y otra en la aldea de Jauja, la primera de ellas en la Plaza de España (Paseo del Coso), en el tramo comprendido entre las calles Antonio Eulate y Condesa Carmen Pizarro, y la segunda en la calle Iglesia de dicha aldea. En ambos casos el aparcamiento tendrá lugar en línea.

Contra dicho acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse Recurso Contencioso-Administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Sevilla, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, conforme a lo dispuesto en los artículos 10.1.b) y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de cualquier otro que se considere procedente.

Lucena, 22 de enero de 2013.- El Alcalde, Juan Pérez Guerrero.

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