Boletín nº 26 (07-02-2013)

VIII. Anuncios de particulares

Notaría de don Gónzalo Aboy García-Palao
Villa del Río (Córdoba)

Nº. 797/2013

ANUNCIO DE SUBASTA

Yo, Gonzalo Aboy García-Palao, Notario del Ilustre Colegio de Andalucía, con residencia en Villa del Río, hago constar:

1.- Que en esta Notaría de mi cargo, se tramita Acta de Ejecución Hipotecaria Extrajudicial prevista en el artículo 129 de la Ley Hipotecaria, seguida por Unicaja Banco, S.A., con número de expediente 4/12, sobre la siguiente finca:

Urbana: Entidad número dos: Nave industrial letra B, con aseo situado en la parte derecha de la parcela número 31 del Plan Parcial UI-2, de Villa del Río, con fachada principal a la hoy calle Fuentes de Andalucía. Consta sólo de planta baja distribuida en nave diáfana, aseo y patio de luz. Tiene dos accesos, el principal por la calle "D", hoy calle Fuentes de Andalucía y otro por la calle letra "B", hoy calle Lucena, con puertas de grandes dimensiones en ambas calles y otro por la zona de retranqueo que la separa de la parcela número 30, con puertas de grandes dimensiones. Su superficie construida es de cuatrocientos treinta y seis metros y sesenta y cuatro decímetros cuadrados la útil de cuatrocientos veinte metros con un decímetro cuadrados. Linda: Por su frente, con la calle letra D, hoy calle Fuentes de Andalucía; por su derecha entrando, con la parcela número 32, hoy de Mocamel, S.L.; por la izquierda, con la nave letra D; y por el fondo, con la parcela número 30, hoy de Estrella Gutiérrez Torres. La edificación está formada por pilares, cerchas y correas metálicas sobre las que descansan correas y cubierta de chapa de acero prelacada. Esta nave está dotada de todos los servicios necesarios para su correcto funcionamiento como calzada, acerados, evacuación de aguas, res de agua potable, contra-incendios, energía eléctrica y telefonía.

Cuota: Cuarenta y tres enteros y catorce centésimas por ciento.

Inscripción: Registro de la Propiedad de Montoro, al tomo 1.163, libro 163 de Villa del Río, folio 4, finca número 7.530, inscripción tercera.

Referencia catastral: Según el título de hipoteca antes reseñado, no se hizo constar referencia catastral por no aportarse.

2.- La fecha prevista para la primera subasta es el día 8 de marzo de 2013, a las 11'00 horas. En previsión de no existir postor en esta primera subasta o ésta resultare fallida, se celebrará la segunda subasta el día 8 de abril de 2013, a las 11'00 horas. Y caso de no existir postor en la segunda subasta o ésta resultare fallida, se celebrará la tercera el día 8 de mayo de 2013, a las 11'00 horas. Caso de llegarse a licitación entre el dueño y el acreedor, se señala para el día 21 de mayo de 2013, a las 11'00 horas. Todas las subastas se celebrarán en esta Notaría, sita en calle Estrella, número 3 bajo, de Villa del Río (Córdoba), código postal 14640.

3.- El tipo que servirá de base a la primera subasta es de DOSCIENTOS VEINTICUATRO MIL DOSCIENTOS SESENTA Y DOS EUROS CON TRES CÉNTIMOS (224.262,03 €); a la segunda subasta el setenta y cinco por ciento (75%) de dicha cantidad y a la tercera subasta sin sujeción a tipo.

4.- La documentación y la certificación del Registro de la Propiedad a que se refieren los artículos 236.a) y 236.b) del Reglamento Hipotecario pueden consultarse en esta Notaría.

Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación. Las cargas, gravámenes y asientos anteriores a la hipoteca que se ejecuta continuarán subsistentes. Los licita-dores deberán consignar, previamente a la subasta, en la Notaría de Villa del Río una cantidad equivalente al 30 por ciento del tipo que corresponda en la 1ª y 2ª subasta y en la 3ª un 20 por ciento del tipo de la 2ª subasta, mediante justificación del ingreso en cuenta corriente número 2103 0817 71 0030003882 abierta en la sucursal en calle Corredera, nº 26 de Montoro (Córdoba).

Podrán hacerse posturas por escrito en pliego cerrado, acompañando el justificante del depósito previo, hasta el momen-to de la subasta. Sólo la adjudicación a favor del acreedor requirente o el remate a favor del mismo o de un acreedor posterior podrá hacerse a calidad de ceder a un tercero.

En Villa del Río, a 24 de enero del año 2013.- El Notario, firma ilegible.

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