Boletín nº 28 (11-02-2013)

V. Administración Local

Ayuntamiento de Priego de Córdoba

Nº. 1.065/2013

El Pleno de la Corporación, en sesión celebrada con fecha 28 de junio de 2012, ha adoptado acuerdo de aprobación provisional de la Ordenanza Municipal sobre Convivencia Ciudadana y Civismo.

Durante su exposición pública mediante tablón de Anuncios Municipal y publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de fecha 25 de julio de 2012, se han presentado alegaciones que fueron resueltas en sesión plenaria celebradas el 30/11/2012 y 27/12/2012, por lo que el texto de la nueva Ordenanza queda elevado a definitivo entrando en vigor a partir de su publicación íntegra en el referido Boletín Oficial de la Provincia a cuyos efectos se acompaña como anexo el texto íntegro de la Ordenanza aprobada. Contra esta elevación a definitivo cabe interponer Recurso Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.

ORDENANZA DE CONVIVENCIA CIUDADANA Y CIVISMO

ÍNDICE

- EXPOSICIÓN DE MOTIVOS.

- TÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES:

CAPÍTULO I. FINALIDAD Y OBJETO, FUNDAMENTOS LEGALES, ÁMBITO DE APLICACIÓN Y ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS.

Artículo 1.- Finalidad y objeto de la Ordenanza.

Artículo 2.- Fundamentos legales

Artículo 3.- Ámbito de aplicación objetiva

Artículo 4.- Ámbito de aplicación subjetiva

Artículo 5.- Competencia municipal

Artículo 6.- Ejercicio de competencias municipales

Artículo 7.- Actuaciones administrativas

CAPÍTULO II. PRINCIPIOS GENERALES DE CONVIVENCIA CIUDADANA Y CIVISMO.

Artículo 8.- Normas Generales de Convivencia Ciudadana y Civismo

Artículo 9.- Principio de libertad individual

Artículo 10.- Derechos y obligaciones ciudadanas.

Artículo 11.- Ejecución forzosa y actuación municipal

Artículo 12.- Espacios públicos

Artículo 13.- Espacios privados

- TÍTULO II. DISPOSICIONES COMUNES SOBRE RÉGIMEN SANCIONADOR Y RESPONSABILIDAD

CAPÍTULO PRIMERO.- DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 14.- Instrucciones de la Alcaldía en desarrollo y aplicación de la Ordenanza

Artículo 15.- Función de la Policía Local relativas al cumplimiento de esta Ordenanza

Artículo 16.- Funciones de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado relativas al cumplimiento de esta Ordenanza

Artículo 17.- Deber de colaboración ciudadana en el cumplimiento de la Ordenanza

Artículo 18.- Conductas obstruccionistas en los ámbitos de la convivencia y el civismo

Artículo 19.- Elementos probatorios de los agentes de la autoridad

Artículo 20.- Denuncias ciudadanas

Artículo 21.- Medidas de carácter social

Artículo 22.- Medidas de aplicación en personas infractoras no residentes en el término municipal

Artículo 23.- Responsabilidad por conductas contrarias a la Ordenanza cometidas por menores de edad

Artículo 24.- Asistencia a los centros de enseñanza

Artículo 25.- Inspección y Potestad Sancionadora

Artículo 26.- Primacía del Orden Jurisdiccional Penal

CAPÍTULO II.- RÉGIMEN SANCIONADOR Y PROCEDIMIENTOS

Artículo 27.- Disposiciones generales

Artículo 28.- Infracciones muy graves

Artículo 29.- Infracciones graves

Artículo 30.- Infracciones leves

Artículo 31.- Sanciones

Artículo 32.- Graduación de las sanciones

CAPÍTULO III. INSTRUCCIONES COMUNES SOBRE RÉGIMEN SANCIONADOR Y POLICÍA, RESPONSABILIDAD Y OTRAS MEDIDAS DE APLICACIÓN

Artículo 33.- Responsabilidad de las infracciones

Artículo 34.- Competencia y procedimiento sancionador

Artículo 35.- Concurrencia de sanciones

Artículo 36.- Rebaja de la sanción por pago inmediato

Artículo 37.- Sustitución de multas y reparación de daños por trabajos en beneficio de la comunidad

Artículo 38.- Terminación convencional

Artículo 39.- Procedimiento sancionador

Artículo 40.- Apreciación de delito o falta

Artículo 41.- Responsabilidad penal

Artículo 42.- De la prescripción de infracciones y sanciones

Artículo 43.- Prescripción y caducidad

Artículo 44.- Reparación de daños

Artículo 45.- Medidas de policía administrativa directa

Artículo 46.- Medidas cautelares

Artículo 47.- Medidas provisionales

Artículo 48.- Decomisos

Artículo 49.- Multas coercitivas

- TITULO III. NORMAS DE CONDUCTA E INFRACIONES

CAPÍTULO I. LIMPIEZA DE INMUEBLES, MOVILIARIO URBANO, RED VIARIA Y DE OTROS ESPACIOS LIBRES

Artículo 50.- Normas generales

Artículo 51.- Conductas sancionables

CAPÍTULO II. LIMPIEZA DE LA VÍA PÚBLICA POR ACTIVIDADES DIVERSAS

Artículo 52.- Normas generales

Artículo 53.- Conductas sancionables

CAPÍTULO III. ATENTADOS CONTRA LA DIGNIDAD DE LAS PERSONAS

Artículo 54.- Fundamentos de la regulación

Artículo 55.- Conductas sancionables

CAPÍTULO IV. DEGRADACIÓN VISUAL DEL ENTORNO URBANO

Artículo 56.- Intervenciones específicas

Artículo 57.- Conductas sancionables

CAPÍTULO V. APUESTAS

Artículo 58.- Intervenciones específicas

Artículo 59.- Régimen de sanciones

CAPÍTULO VI. USO INADECUADO DEL ESPACIO PÚBLICO PARA JUEGOS

Artículo 60.- Normas de conducta

Artículo 61.- Régimen de sanciones

CAPÍTULO VII. OCUPACIÓN DEL ESPACIO PÚBLICO POR CONDUCTAS QUE ADOPTAN FORMAS DE MENDICIDAD

Artículo 62. Normas generales

Artículo 63. Conductas sancionables.

CAPÍTULO VIII. NECESIDADES FISIOLÓGICAS

Artículo 64.- Normas de conducta

Artículo 65.- Régimen de sanciones

CAPÍTULO IX. CONSUMO DE BEBIDAS EN LA VIA PUBLICA

Artículo 66.- Normas de conducta

Artículo 67.- Régimen sancionador

CAPÍTULO X DETERIORO DEL ESPACIO URBANO Y ACTITUDES VANDÁLICAS

Artículo 68.- Normas Generales.

Artículo 69.- Régimen de Sanciones

CAPÍTULO XI. CONDUCTAS QUE ALTERAN EL MEDIO AMBIENTE.

Artículo 70.- Normas Generales

Artículo 71.- Conductas sancionables

CAPÍTULO XII. USO IMPROPIO DEL ESPACIO PÚBLICO

Artículo 72.- Normas de conducta

Artículo 73.- Estacionamiento de vehículos en la vía pública para venta, alquiler u otras actividades no autorizadas.

CAPÍTULO XIII. ORGANIZACIÓN Y AUTORIZACIÓN DE ACTOS PÚBLICOS

Artículo 74.- Organización y autorización de actos públicos

CAPÍTULO XIV. COMERCIO AMBULANTE NO AUTORIZADO, ACTIVIDADES Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS NO AUTORIZADOS. DEMANDA Y CONSUMO

Artículo 75.- Normas de conducta

Artículo 76.- Conductas sancionables.

DISPOSICIÓN ADICIONAL

DISPOSICIÓN TRANSITORIA

DISPOSICION DEROGATORIA

DISPOSICIONES FINALES

Primera.- Revisión de la Ordenanza

Segunda.- Entrada en vigor

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

La potestad reglamentaria municipal no es sino un instrumento más para encauzar las reglas del juego de la convivencia ciudadana. No es posible forjar un estadio de seguridad y civismo donde la convivencia esté ausente.

Por otro lado, se hace necesario de una coordinación entre las distintas administraciones, Estatal, Autonómica y Local para converger en la ejecución de políticas que, aunando fuerzas, sean capaces de ejercitar y afrontar exitosamente los retos a los que las distintas capas sociales nos someten y a los que, desde la óptica gobernante, estamos abocados a dar respuesta rápida.

Se hace necesario, cada vez más, dotar de instrumentos idóneos a los garantes de la protección de los derechos, libertades y seguridad ciudadana, así como procur

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