Boletín nº 30 (13-02-2013)

V. Administración Local

Diputación de Córdoba

Nº. 1.160/2013

Con fecha 28 de noviembre de 2012, se dictó el siguiente Decreto, del que se dio cuenta al Pleno en sesión ordinaria celebrada el 20 de diciembre del mismo año:

Decreto

Mediante Decreto nº 2805 de 11 de julio del 2011, se resolvió delegar atribuciones de la Presidencia en la Junta de Gobierno figurando, entre otras, el nombramiento y sanciones del personal, excepto la separación del servicio de los Funcionarios y el despido del Personal Laboral, dando cuenta al Pleno en la primera sesión que celebre, así como los demás servicios de su competencia que sean delegables, e imponer las demás sanciones de su competencia que tengan carácter delegable.

Con fecha 27 de noviembre en curso se ha remitido a esta Presidencia una propuesta de la Sra. Diputada Delegada de Recursos Humanos y Cooperación al Desarrollo en la que, teniendo en cuenta las últimas modificaciones del art. 15.5 R.D.Leg. 1/1995, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, resulta más operativo y eficaz para esta Corporación, acudir al nombramiento de funcionarios interinos para hacer frente a coberturas transitorias de personal con carácter urgente e inaplazable, en lugar de optar por la contratación laboral por lo que solicita, para evitar la demora en los nombramientos interinos urgentes e inaplazables, la modificación del Decreto antes citado en el sentido de sustraer dicha competencia de la Junta de Gobierno.

En base a lo anterior, de acuerdo con la mencionada Propuesta así como con el informe jurídico que obra en el expediente y haciendo uso de la facultad que me otorga el art. 34.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local y 63.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, Texto Articulado aprobado por R.D. 2.568/1986, de 28 de noviembre, por el presente resuelvo modificar el Decreto anteriormente citado de delegaciones de la Presidencia en la Junta de Gobierno en el sentido que se contiene en la Propuesta de la Sra. Diputada Delegada de Recursos Humanos y, por tanto, la redacción de la atribución en materia de personal delegada a la Junta de Gobierno, queda con la siguiente literalidad:

5.- Acordar el nombramiento de funcionarios de carrera y las sanciones del personal, excepto la separación del servicio de los Funcionarios y el despido del Personal Laboral, dando cuenta al Pleno en la primera sesión que celebre, así como los demás servicios de su competencia que sean delegables, e imponer las demás sanciones de su competencia que tengan carácter delegable.

Del presente Decreto dése cuenta al Pleno a los efectos procedentes".

Córdoba, 8 de febrero de 2013.- Firmado electrónicamente: La Presidenta, María Luisa Ceballos Casas.

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