Boletín nº 31 (14-02-2013)
V. Administración Local
Ayuntamiento de Aguilar de la Frontera
Nº. 866/2013
Se hace saber a los interesados que en dependencias de este Ayuntamiento se ha tramitado expediente sancionador 1/S/2013 contra la Entidad Cavisiwu S.L., la cual se encuentra en paradero desconocido, por su actividad en el establecimiento El Cielo, sito en Ctra. de Córdoba a Málaga, 51, el cual ha sido resuelto por Decreto de esta Alcaldía Presidencia nº 20/2013, previos los trámites previstos en la legislación vigente.
En la parte dispositiva de la Resolución dictada se ha acordado:
Primero.- Declarar la Comisión por parte de la Entidad Cavisiwu S.L., titular del establecimiento El Cielo, situado en Avda. de Córdoba, km. 51, de esta Ciudad, cuyo responsable es D. Wilsary Toro Castaño, de la comisión de ocho faltas del art. 20.19, de la Ley 13/1999, de 15 de diciembre, del Parlamento Andaluz, sobre normas reguladoras de espectáculos Públicos y Actividades Recreativas.
Segundo.- Declarar la Comisión por parte de la misma Entidad, de una falta del art. 19.2.d) de la Ley 28/2005, de 15 de diciembre, de Medidas Sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de su venta.
Tercero.- Imponer ocho sanciones por cada una de las faltas del punto primero de la presente Resolución, a razón de tres mil euros (3.000) cada una de ellas, así como imponer una sanción de treinta euros (30), por la sanción declarada en el punto segundo, que hacen un total de veinticuatro mil treinta euros (24.030).
Cuarto.- Imponer una sanción accesoria de diez días de suspensión por cada una de las sanciones declaradas en el punto primero de la presente Resolución, que hacen un total de ochenta días (80) de suspensión de la licencia.
Quinto.- Notificar el presente acuerdo al interesado, notificación que a la vista de desconocerse su paradero deberá realizarse mediante las correspondientes publicaciones, y a Tesorería de este Ayuntamiento, para su conocimiento y efectos.
Dicho expediente y la resolución indicada se encuentra a disposición de los interesados en la dependencia del Negociado de Sanciones de este Ayuntamiento, planta baja, en donde podrá ser examinado y entregada copia de la Resolución, en horas de oficina, de lunes a viernes de 7'45 a 15'15 horas.
De la misma manera se hace saber que contra la presente Resolución, que es definitiva en vía administrativa, podrá interponer Recurso Potestativo de Reposición en el plazo de un mes, a partir del siguiente día al de la inserción del presente edicto en el Boletín Oficial de la Provincia, ante el mismo órgano que lo hubiera dictado, según el art. 116 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, o ser impugnado directamente ante el Orden Jurisdiccional Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses a partir de la misma publicación, sin perjuicio de que pueda interponer otro recurso que estime oportuno.
Aguilar de la Frontera, 21 de enero de 2013.- El Alcalde, Francisco Paniagua Molina.