Boletín nº 33 (18-02-2013)
V. Administración Local
Ayuntamiento de Belalcázar
Nº. 928/2013
Don Antonio Vigara Copé, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Belalcázar (Córdoba), hace saber:
Que el Pleno del Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 31 de enero de 2013, aprobó provisionalmente la reducción del 50% para el año 2013, en la cuota de la Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras; en la de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por ocupación de la vía pública (por andamios, escombros y materiales) y en la de la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por licencia de apertura de establecimientos.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.1 y 2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, el expediente que estará de manifiesto en la Secretaría de este Ayuntamiento, queda expuesto al público en el Tablón de Anuncios del mismo por periodo de treinta días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de este Anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, para que los interesados puedan presentar las alegaciones que consideren oportunas.
En caso de que no se hubiera presentado reclamación alguna, el acuerdo se entenderá definitivamente aprobado conforme al artículo 17.3 del referido texto legal.
Belalcázar, a 1 de febrero de 2013.- El Alcalde, Fdo. Antonio Vigara Copé.