Boletín nº 34 (19-02-2013)

V. Administración Local

Ayuntamiento de Montoro

Nº. 1.041/2013

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, se hace pública notificación de la Resolución dictada por la Alcaldía-Presidencia con fecha 28 de septiembre de 2012 y por la que se acuerda la Ejecución Subsidiaria para la realización de las Obras de Conservación en el Inmueble sito en Calle Salazar, 33 de Montoro (Córdoba), en relación al expediente (213/2010 Sec. y GEX 728) de Orden de Ejecución por motivos de seguridad, salubridad y ornato público del inmueble sito en C/ Salazar Nº 33 de Montoro (Córdoba) propiedad según nota registral de don José Félix Fernández-Arroyo Medina, ya que, habiéndose intentado las respectivas notificaciones a sus Herederos en el último domicilio conocido, éstas no se han podido practicar o se han practicado de forma no valida.

Examinado expediente administrativo nº 213/2010 Sec. sobre la ejecución subsidiaria de las obras contenidas en la Orden de Ejecución incumplida por los Herederos de don José Félix Fernández-Arroyo Medina, propietarios del inmueble sito en Calle Salazar nº 33 de esta Localidad de Montoro.

Visto que con fecha 19 de marzo de 2012, se dictó Resolución de la Alcaldía que copiada dice así:

Visto que con fecha 28 de septiembre de 2012 se dictó Resolución de la Alcaldía que copiada dice así:

"Visto que por Decreto de fecha 16 de junio de 2010, se ordenó la ejecución de obras de conservación en el inmueble propiedad de Herederos de don José Félix Fernández-Arroyo Medina, sito en Calle Salazar nº 33, de esta localidad.

Visto que con fecha 6 de agosto de 2010 se notificó a D. Jaime Fernández-Arroyo Garrido y a don Álvaro Fernández-Arroyo Garrido y don Carlos Fernández-Arroyo Garrido, el contenido de dicha resolución, advirtiéndole de que el incumplimiento injustificado de la orden de ejecución daría lugar a su ejecución subsidiaria.

Visto que con fecha 28/10/2010, los Servicios Técnicos giraron visita de inspección al inmueble desde el inmueble colindante y emitieron informe en el que se concluye que los trabajos de reparación realizados no eliminan el riesgo de desprendimientos sobre el inmueble colindante, por lo que no se ha dado cumplimiento a lo establecido en la orden de ejecución.

Visto que en cumplimiento de la Orden de Ejecución dictada por Decreto de fecha 16/06/2010, sin que haya sido posible efectuar las notificaciones del mismo a los interesados (Herederos de don José Félix Fernández-Arroyo Medina y de quien se tiene conocimiento que su ultimo domicilio era en Linares (Jaén) de acuerdo a lo establecido en los artículos 58 y 59 de la Ley 30/1992, se procede a su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Jaén, nº 37 de 22 de febrero de 2012, donde se publica íntegramente notificación de requerimiento a los interesados para que realicen las obras necesarias de la finca que se relaciona para dar cumplimiento a lo ordenado en la Resolución de fecha 16 de junio de 2010.

Visto que con fecha 13/12/2011, los Servicios Técnicos emiten nuevo informe ratificándose en el de fecha 28/10/2010 y sobre la procedencia de ejecutar subsidiariamente las obras a costa del interesado.

Examinada la documentación que la acompaña, visto el informe jurídico emitido con fecha 16 de junio de 2010 por el Técnico de Administración Gral., y de conformidad con lo establecido en el artículo 21.1.s) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local,

Resuelvo

Primero. Incoar expediente para la ejecución subsidiaria de la orden de ejecución dictada con fecha 16/06/2010 para la realización de las siguientes obras en el inmueble, propiedad de Herederos de don José Félix Fernández-Arroyo Medina, sito en Calle Salazar nº 33, de esta localidad:

1. Picado de enfoscado con riesgo de desprendimiento en el resto de la fachada, incluso del muro sobre el que se asienta la edificación.

2. Reparación de los canalones y reposición de los tramos que se han perdido.

3. Eliminación de los vidrios, las carpinterías y demás elementos que se encuentran deteriorados con riesgo de desprendimiento, así como la vegetación que fomenta el deterioro de los elementos constructivos. Las obras ascienden a la cuantía de 39.054,49 + IVA euros de acuerdo al siguiente desglose:

CO1 Actuaciones previas, desmontajes y limpiezas: 1.636,21 €.

CO2 Medios asuxiliares, Andamiajes: 12.360,00 €.

CO3 Albañilería y demoliciones: 22.729,62 €.

CO4 Cubiertas, canalones, bajantes: 2.328,66 €.

Total: 39.054,49 €.

18% IVA: 7.029,81 €.

Total: 46.084,30 €.

Segundo. La incoación del expediente se dirige contra los Herederos de don José Félix Fernández-Arroyo Medina.

Tercero. Conceder trámite de audiencia al interesado/s por un plazo de 15 días, a fin de que pueda alegar y presentar los documentos y justificaciones que estime pertinentes, trámite que se cumplimentará mediante publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, Boletín Oficial de la Provincia de Jaén, Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, tablón de anuncios de este Ayuntamiento, tablón de anuncios del Ayuntamiento de Jaén, todo ello de acuerdo a lo establecido en el art. 59 de la Ley 30/92, en su redacción dada por la Ley 4/1999, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común".

Visto la tardanza que se está ocasionando con este expediente con motivo, entre otros, porque el inmueble se encuentra deshabitado, sus propietarios no residen en Montoro y la practica de la notificaciones a los herederos de don José Felix Fernández-Arroyo Medina, se demora en el tiempo al no hacerse cargo de las mismas y tener que proceder a su publicación.

Se hace constar a continuación como se ha cumplimentado el tramite de audiencia a los interesado por plazo de 15 días de la Resolución dictada con fecha 19/03/2012 por la que se acuerdo el inicio del expediente de la ejecución subsidiaria:

A don Álvaro Fernández-Arroyo Garrido.- Debidamente cumplimentada.

A don Carlos Fernández-Arroyo Garrido.- Debidamente cumplimentada.

A don Jaime, don José Antonio, don Pedro Fernández-Arroyo Garrido, devueltas por el Servicio de Correos sin cumplimentar.

A Herederos de José Félix Fernández-Arroyo Medina, devuelta sin cumplimentar por el Servicio de Correos.

Por lo que han sido publicadas en:

Edicto en el Tablón de Anuncios del Excmo. Ayuntamiento de Montoro, debidamente cumplimentado donde se hace constar que ha estado expuesta al público por plazo de 15 días. Edicto en el Tablón de anuncios del Excmo. Ayuntamiento de Algete (Madrid) debidamente cumplimentado donde se hace constar que ha estado expuesta al público por plazo de 15 días Edicto en el Tablón de Anuncios del Excmo. Ayuntamiento de Jaén debidamente cumplimentado donde se hace constar que ha estado expuesta al público por plazo de 15 días.

Edicto en el Tablón de Anuncios del Excmo. Ayuntamiento de Linares debidamente cumplimentado donde se hace constar que ha estado expuesta al público por plazo de 15 días.

Boletín Oficial de la Provincia de Jaén, nº 75 de 18/04/2012.

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía nº 97 de 18/05/2012.

Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba nº 66 de 04/04/2012.

Sexto. Que con fecha 02/05/2012 se presenta en el servicio de correos por don Jaime Fernández-Arroyo Garrido, escrito en el que reseña que: "En relación con la publicación en el BOP de Córdoba del día 04/04/2012, del inicio de expediente de ejecución subsidiaria de la orden de ejecución urbanística dictada por el Ayuntamiento, en relación con la casa propiedad del que suscribe y familia en Calle Salazar nº 33 de Montoro, manifiesta:

Que con fecha 22 de marzo del presente año formulo Recurso de Reposición contra referidas ordenes de ejecución, por lo que no puede iniciarse el trámite de ejecución subsidiaria hasta que, en su caso, se desestimara el recurso. Por lo que solicita al Ayuntamiento admite este escrito y acuerde anular el inicio del tramite de ejecución subsidiaria y resuelva con carácter previo el Recurso de Reposición interpuesto.

Séptimo.- Certificación expedida por la Secretaria General donde se hace constar que durante el periodo de alegaciones (15 días) no ha tenido entrada en el Registro alegación de clase alguna.

La presentada por don Jaime Fernández-Arroyo Garrido con fecha 04/05/2012 en base a la publicación del Diario Córdoba que fue el día 04/04/2012, por lo que se entra fuera de plazo.

Octavo.- Con fecha 23 de agosto de 2012 ha tenido entrada en el Registro de Entrada de este Ayuntamiento instancia firmada por don Bartolomé Tejada Arillo, donde hace constar que la situación de peligro se va agravando conforme va transcurriendo el tiempo.

Noveno.- Con fecha 6 de septiembre de 2012, se emite informe por los Servicios Técnicos Municipales donde se reseña que los trabajos de reparación realizados

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