Boletín nº 36 (21-02-2013)

VIII. Anuncios de particulares

Notaría de doña Carmen Bascón Berrios
Lucena (Córdoba)

Nº. 1.044/2013

Anuncio de Subasta

Yo, María del Carmen Bascón Berrios, Notario del Ilustre Colegio Notarial de Andalucía, con residencia en Lucena, hago constar:

Que en esta Notaría de mi cargo se tramita venta extrajudicial, por medio de subasta, a instancia de la Entidad mercantil "Banco Español de Crédito, Sociedad Anónima", contra don Juan Jesús Bergillos Muñoz y doña Verónica Pérez Burgos sobre la siguiente finca hipotecada: Urbana: Piso o vivienda tipo E, sito en la planta tercera, a la izquierda, del bloque número 3, situado en la Barriada García del Barrio, número 8, de Lucena, con una superficie útil de cincuenta y nueve metros y veintinueve centímetros cuadrados y construida, incluida la participación en elementos comunes, de sesenta y ocho metros y treinta y nueve centímetros cuadrados. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Lucena nº 2 al Tomo 1051 del Archivo, Libro 883, folio 71, finca número 1/ 19704, inscripción 4ª.

Procediendo la subasta de la finca se hace saber sus condiciones:

- Tendrá lugar en mi Notaría, sita en la calle Cabrillana, número 1-Local-Bajo, 14900-Lucena (Córdoba), el próximo día 26 de marzo de 2013, a las 1100 horas, al tipo del precio tasado en la escritura de constitución de hipoteca, que es la cantidad de CIENTO VEINTICUATRO MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y CINCO EUROS CON OCHENTA Y SIETE CÉNTIMOS DE EURO (124.465,87 €).

- Para tomar parte en la subasta los postores deberán consignar una cantidad equivalente al 30 por 100 del tipo mediante cheque bancario a nombre de la Notario.

- La documentación y la certificación del Registro de la Propiedad a que se refieren los artículos 236a) y 236b) del Reglamento Hipotecario están de manifiesto en la Notaría de Lunes a Viernes de las 10 a las 14 horas, entendiéndose que todo licitador por el sólo hecho de participar en la subasta, admite y acepta como bastante la titulación existente, y que las cargas o gravámenes anteriores y las preferente, si las hubiere, al crédito del actor continuarán subsistentes, quedando subrogado en la responsabilidad derivada de aquéllas, si el remate se adjudicare a su favor.

- La subasta de efectuará en la forma que determina el artículo 12 del Real Decreto-Ley 6/2012, de 9 de marzo, de medidas urgentes de protección de deudores hipotecarios, y en lo que no fuera incompatible por el artículo 236 del RH.

En Lucena a 5 de febrero de 2013.- La Notario, María del Carmen Bascón Berrios.

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