Boletín nº 36 (21-02-2013)

V. Administración Local

Ayuntamiento de Añora

Nº. 1.112/2013

De conformidad con lo establecido en el artículo 170.2, en relación con el 169.3 del Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se expone al público el expediente número 1 sobre modificaciones de crédito en el Presupuesto del ejercicio de 2012, resumido por capítulos, una vez aprobado definitivamente tras no haberse presentado reclamaciones en el periodo de exposición pública del mismo abierto por Anuncio publicado en el BOP del día 27 de diciembre de 2012:

1º. Suplementos de créditos:

ESTADOS DE GASTOS

Capít.

Denominación

Suplementos

ctos. Euros

2

Gastos en bienes corrientes y servicios

27.000,00

4

Transferencia corrientes

  1.000,00

Total suplementos de créditos

28.000,00

2.º- Financiación de las expresadas modificaciones de crédito de la forma siguiente:

Bajas de Crédito

ESTADOS DE GASTOS

Capít.

Denominación

Baja de créditos

Euros

2

Gastos en bienes corrientes y servicios

28.000,00

Total baja

28.000,00

Total financiación de créditos, asciende a 28.000,00 euros.

Contra dicha aprobación definitiva se podrá interponer Recurso Contencioso-Administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial de la Provincia.

Lo que se hace público para general conocimiento en Añora a 31de enero de 2013.- El Alcalde-Presidente, firma ilegible.

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

  • El Boletín es un servicio público cuya edición y gestión corresponde a la Diputación, pero los textos se transcriben en la forma en que se hallen redactados y autorizados por el órgano remitente, sin que puedan variarse o modificarse salvo autorización previa de tal órgano.
  • La información contenida en las disposiciones y textos publicados es de carácter público y su publicidad es responsabilidad del firmante del documento.
  • No ofrece necesariamente información exhaustiva, completa, exacta o actualizada.

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