Boletín nº 36 (21-02-2013)
VI. Administración de Justicia
Tribunal Superior de
Justicia de Andalucía
Sala de lo Contencioso-Administrativo
Sevilla
Nº. 1.119/2013
Se hace saber que en el Recurso Contencioso-Administrativo número 173/2011, promovido por France Telecom España S.A.U., contra Ordenanza Fiscal del Ayuntamiento de Villa del Río reguladora de la Tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local a favor de las empresas explotadoras de servicios de telefonía móvil BOP de Córdoba de fecha 29/12/10, se ha dictado por la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Sevilla sentencia 15/11/12, que ha alcanzado el carácter de firme y cuyo fallo es del tenor literal siguiente:
Fallamos
1º Anular la Ordenanza Fiscal del Ayuntamiento de Villa del Río (Córdoba) reguladora de la Tasa por aprovechamiento especial del dominio público local, a favor de empresas explotadores de servicios de telefonía móvil, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba nº 244, de 29 de diciembre de 2010.
2º Publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba el fallo de este sentencia.
3º Sin costas.
La presente resolución no es firme y contra la misma por razón de su cuantía cabe preparar el Recurso de Casación ante esta Sala en el plazo de los diez días siguientes a su notificación, debiendo acompañar el escrito de preparación del recurso, para su admisión a trámite, justificante de haber ingresado en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de esta Sección la cantidad de cincuenta euros.
Notifíquese la presente resolución a las partes y, en su momento, devuélvase el expediente administrativo a su procedencia, con certificación de esta resolución.
Así por esta nuestra Sentencia, definitivamente juzgando, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.
Lo que en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 107 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa (LJCA), se hace público para general conocimiento.
En Sevilla, a 25 de enero de 2013.- El/La Secretario Judicial, firma ilegible.