Boletín nº 38 (25-02-2013)

VI. Administración de Justicia

Juzgado de lo Social Número 2
Córdoba

Nº. 1.154/2013

Doña Victoria A. Alférez de la Rosa, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social Número 2 de Córdoba, hace saber:

Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 1310/2012 a instancia de la parte actora Dª. Lara Rojas Dueñas contra Ricardo Barroso Hernández, Administración Concursal de Fomento, Protección y Servicios S.L. y Fomento de Protección y Servicios S.L., sobre Social Ordinario, se ha dictado Resolución del tenor literal siguiente:

Diligencia de Ordenación de la Sra. Secretaria doña Victoria A. Alférez de la Rosa.- En Córdoba, a 1 de febrero de 2013.

El anterior escrito presentado por la Letrada doña Carmen Aranda Rodríguez, únase a los autos de su razón. Se entiende por ampliada la demanda frente a la Administración Concursal de Fomento de Protección y Servicios S.L. con domicilio en Avda. Tenientes Montesinos 8-7º planta ED. INTI. Torre A, 30100 de Murcia.

Y visto el contenido de la anterior diligencia negativa de citación efectuada por el funcionario de auxilio judicial del Juzgado con la anotación de local cerrado con signos evidentes de inactividad. Cítese a la empresa demandada Fomento de Protección y Servicios S.L. y a su representante legal D. Ricardo Barroso Hernández para los actos de conciliación o juicio señalados para el día 4 de julio de 2013 a las 11,00 horas de su mañana por medio de Edictos a publicar en el B.O.P. de esta Ciudad, ante la posibilidad de que se encuentre en paradero ignorado. Emplácese al Fondo de Garantía Salarial para que intervenga si le conviene.

Y para que sirva de notificación al demandado Ricardo Barroso Hernández y Fomento de Protección y Servicios S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Córdoba, a 1 de febrero de 2013.- La Secretaria Judicial, firma ilegible.

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