Boletín nº 41 (01-03-2013)
VI. Administración de Justicia
Juzgado de lo Social
Número 3
Córdoba
Nº. 1.333/2013
Doña Marina Meléndez-Valdés Muñoz, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social Número 3 de Córdoba, hace saber:
Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 1606/2012 a instancia de la parte actora Dª. Inmaculada Santos López, Ascensión Cano Cantador, María Isabel Dueñas Cerrato, Jacinta Sánchez Fernández, María Ángeles Santos López y Mercedes Josefa García Torres contra Esabe Limpiezas Integrales S.L., sobre Social Ordinario, se ha dictado resolución de fecha 6 de febrero de 2013 siendo el tenor literal de la parte dispositiva el siguiente:
Acumúlense a los presentes autos núm. 1606/12 los seguidos ante el Juzgado de lo Social Núm. 1, 2 y 4, registrados en este Juzgado bajo el núm. 136, 137, 138, 143 y 170/13 a instancias de Jacinta Sánchez Fernández, María Ángeles Santos López, Mercedes Josefa García Torres, Ascensión Cano Cantador y María Isabel Dueñas Cerrato, estando a lo acordado en decreto de fecha 5 de diciembre de 2013, citando al nuevo actor a los actos de conciliación y juicio señalado para el día 23 de abril del 2013, a las 9:30 horas de su mañana, sirviendo el presente Auto de citación en forma.
La anterior diligencia negativa de citación de la empresa demandada Esabe Limpiezas Integrales S.L., se acuerda citar para la celebración del acto del juicio oral, señalado el próximo día 23 de abril de 2013, a las 9:30 h., a la misma a través del Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la Ley expresamente dispongan otra cosa.
Asimismo, cítese como parte al Fondo de Garantía Salarial, dándole traslado de la demanda, a los efectos previstos en el art. 23.2 de la Ley de Jurisdicción Social.
Notifíquese el presente auto a las partes, haciéndoles saber que contra el mismo cabe Recurso de Reposición ante este Juzgado de lo Social, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso.
Para la admisión del recurso deberá previamente acreditarse constitución de depósito en cuantía de 25 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado abierta en Banesto nº1446/0000/30/0592/2010, utilizando para ello el modelo oficial, debiendo indicar en el campo "Concepto" que se trata de un recurso seguido del código "30" y "Social-Reposición", de conformidad con lo establecido en la Disposición adicional Decimoquinta de la L.O 6/1985, del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma y quienes tengan reconocido el derecho de asistencia jurídica gratuita.
Así por este Auto, lo acuerdo mando y firma el Iltmo. Sr. D. Antonio Jesús Rodríguez Castilla, Magistrado del Juzgado de lo Social Número 3 de Cordoba. Doy fe.
Y para que sirva de notificación a la demandada Esabe Limpiezas Integrales S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Córdoba, a 6 de febrero de 2012.- La Secretaria Judicial, firma ilegible.